Descripción

Una vez finalizada la elaboración de tu tesis doctoral, deberás solicitar el depósito a través del módulo Depósito online de tesis.

 Procedimiento

  1. Doctorando/a
    Inicia la solicitud de depósito y presenta la documentación requerida. Si no dispones de toda la documentación, puedes guardar tu solicitud como borrador y completarla más tarde. En este caso, dispones de un máximo de 2 meses para completarla.
     
  2. Director/a de la tesis
    Revisa y valida tu solicitud. La fecha de validación se convierte en la fecha oficial de depósito. Si lo considera oportuno, el director/a puede devolverte la solicitud para correcciones.
     
  3. UGA
    Revisa la documentación y la eleva a la Comisión Académica del programa de doctorado. Puede devolverte la solicitud para realizar correcciones.
     
  4. Comissió Acadèmica del Programa de Doctorat
    Valida la documentación y autoriza o no el depósito. Si no lo autoriza, deberá justificarte las razones. Al día siguiente de la fecha de validación se inicia el período de exposición pública, que tiene una duración de 7 días hábiles.
     
  5. Comitè de Direcció
    Aprueba y nombra el tribunal de la tesis.

 Documentación

  • Ejemplar de la tesis doctoral en formato electrónico (preferiblemente en PDF).
Aunque con el depósito online no es obligatorio presentar la tesis en formato físico, la Comisión Académica de tu programa de doctorado puede requerir que entregues algún ejemplar en papel. En concreto:
  • Derecho: requiere la presentación de 3 copias en papel.
Consulta las indicaciones específicas de tu programa para saber si esta condición se aplica en tu caso.
  • Informe de la Mención Internacional, si procede (*).
  • Documento de actividades y certificado de la estancia de investigación (solo en caso de solicitar la Mención Internacional), en formato PDF.
  • Informes de dos personas doctoras expertas en la materia y externas a la UPF (si aplica). Estas personas podrán formar parte del tribunal.
  • Informes de idoneidad de los miembros del tribunal (debes acordar con tu director/a de tesis quién aporta estos documentos a la solicitud).

(*) Si solicitas la Mención Internacional, los informes de personas doctoras expertas en la materia y externas a la UPF pueden servir también como informe de la mención, siempre que cumplan las siguientes condiciones (artículo 15.1 del RD 99/2011):

  • Deben pertenecer a una institución de educación superior o instituto de investigación no español.
  • No pueden haber autorizado ni dirigido tu investigación en la entidad de acogida.

Plantillas

IMPORTANTE: Los informes de los expertos externos pueden variar según el programa de doctorado. Consulta con la secretaría de tu programa para saber qué modelos tienes que utilizar.

- Informe experto externo (PDF, Word)

- Informe idoneidad (PDF, Word)

 Propuesta y aprobación del tribunal

La propuesta debe incluir tres miembros titulares y dos suplentes, todos con el grado de doctor y experiencia investigadora acreditada.

  • La mayoría deben ser miembros externos a la UPF y a las instituciones colaboradoras del programa de doctorado.
  • No puede haber más de dos miembros de la misma institución.
  • Cuando haya que convocar un suplente, se priorizará aquel que permita garantizar la diversidad institucional del tribunal.
  • El director/a de la tesis y el tutor/a no pueden formar parte del tribunal, excepto en casos de cotutela con universidades extranjeras que lo permitan.
  • En caso de cotutela, si la defensa se realiza en la UPF, se aplica la normativa de la UPF (3 titulares + 2 suplentes). Si se realiza en la universidad de cotutela, se aplica el convenio correspondiente.
  • Se debe garantizar el principio de composición equilibrada entre hombres y mujeres (LO 3/2007, article 1).
  • La propuesta de los miembros del tribunal debe ir acompañada de un informe de idoneidad para cada miembro propuesto.
  • En caso de defensa en formato híbrido preferiblemente, como mínimo, dos miembros del tribunal tienen que estar presencialmente y uno de ellos, obligatoriamente, tiene que ser siempre el secretario o secretaria. Es obligatorio que asistas de manera presencial.

 Normativa

Art. 20, 21 y 23 de la Normativa académica de las enseñanzas de doctorado

Art. 13 y 14 del Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (texto consolidado con cambios del Real Decreto 576/2023, de 4 de julio)