(Artículo 119 de los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra.)
La Comisión de Enseñanza está presidida por el rector o rectora o vicerrector o vicerrectora en quien delegue y está formada por dos decanos o directores de escuela, elegidos por y entre ellos, por un profesor o profesora designado por el Consejo de Gobierno de entre profesores de acreditada competencia docente y por dos estudiantes elegidos por y entre ellos. Ejerce la secretaría, con voz pero sin voto, la persona responsable del servicio o unidad administrativa encargada de la evaluación docente.
Presidente (p.d.)
Vocales
Profesores designados por el Consejo de Gobierno
Estudiantes
Secretaria
Artículo 119 de los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra. (Antecedentes: artículo 143 de los Estatutos de la UPF de 2010 y artículo 94 de los Estatutos de la UPF de 1993).
Previstas en el artículo 119 de los Estatutos de la UPF.
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