Los criterios de actuación de la gestión económica de la investigación se deben basar en dos vertientes: la primera, los criterios generales de gestión económica de la Universidad y de la Administración Pública, y, la segunda, los cirterios propios de cada programa de investigación sobre qué gastos son elegibles.

Respecto a la primera vertiente, los criterios de gestión económica de la investigación no deben ser diferentes de los de la resta de ámbitos de la UPF, por lo que las secretarias de Departamento utilizarán los mismos criterios generales que para una solicitud de gasto a cargo de segmentos orgánicos o de extensión universitaria.

En referencia a la segunda, los organismos y las entidades otorgantes de cada programa de investigación establecen qué gastos son elegibles y justificables. Así, teniendo en cuenta estos criterios de elegibilidad, estamos trabajando en la confección de unas fichas -que se pueden consultar en la aplicación @bac- con las principales características de cada programa, priorizando los aspectos de elegibilidad de ejecución de gasto.