Principios éticos para la aceptación de donaciones filantrópicas


En la Universidad Pompeu Fabra (UPF) entendemos el fundraising como un concepto no referido exclusivamente a la captación de nuevos recursos económicos, sino también en la construcción de relaciones y el fomento de valores, a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y el cambio social; por ello, nos esforzamos en realizar nuestro trabajo con responsabilidad, transparencia y eficacia de manera que nos permita avanzar en el propósito de consolidar la confianza pública en el ámbito de la enseñanza superior y su desarrollo.

A continuación, aunque no tienen valor jurídico, exponemos los principios éticos que orientan nuestro ejercicio profesional en la captación de fondos, con independencia de la causa o ámbito de actuación:

  1. La UPF no aceptará donaciones que sean incompatibles con los fines de nuestra Universidad, definidos en los Estatutos y en las normas de organización y funcionamiento.
  2. La UPF no aceptará donaciones si la aportación propuesta proviene en su totalidad o en parte de cualquier actividad ilegal.
  3. La UPF no aceptará donaciones si los términos de aceptación de la donación propuesta:
    • Requieren de cualquier acción ilegal por parte de la Universidad
    • Pueden crear algún tipo de conflicto de interés
    • Pueden dañar la reputación de la Universidad
    • Pueden dañar la relación de la Universidad con sus estudiantes, personal académico, personal de administración y servicios, personal de apoyo a la investigación, simpatizantes, amigos de la UPF, comunidad local o de otros grupos de interés externos
  4. La UPF sólo aceptará donaciones de estudiantes si no hay ningún beneficio personal o académico para el estudiante que haga una donación de este tipo
  5. La UPF no aceptará donaciones provenientes de empresas u organizaciones que tenga conocimiento que hayan sido denunciadas por:
    • Daños ambientales explícitos
    • Violaciones institucionales de los derechos humanos, incluida la explotación de mano de obra
    • Discriminación contra las personas, en cualquier forma o modalidad
  6. La UPF respetará la voluntad de los donantes en cuanto al destino de sus fondos y les consultará siempre cualquier posible modificación del destino de sus aportaciones
  7. La UPF proporcionará información precisa y garantizará la rendición de cuentas a los donantes, a través de informes, memorias o informes que reflejen fehacientemente la ejecución de las acciones programadas con los fondos recaudados
  8. La UPF asegurará la confidencialidad de los datos de carácter personal de los donantes, de acuerdo con lo que establece la normativa de Protección de datos de carácter personal.