La autorización para trabajar como estudiante permite trabajar a la persona que tiene vigente una autorización de estancia por estudios. El contrato debe ser a tiempo parcial. Sólo puede ser a tiempo completo si el trabajo se desarrolla en período no lectivo, y debe ser compatible con los horarios de los estudios. 

La duración de esta autorización viene determinada, o por la duración de la tarjeta de estudiante o por la duración del contrato.

IMPORTANTE: la normativa actual prevee que los extranjeros con autorización de estancia por estudios no tienen derecho a la prestación de desempleo.

 

Procedimiento

  • La competencia para resolver es de la Generalitat. 
  • El trámite se hace desde el Servicio de PDI (presentación de la solicitud y de la documentación)
  • Documentación necesaria:
    • Solicitud
    • Copia del pasaporte
    • Copia de la tarjeta de estudiante o de la solicitud de haber renovado, en caso de estar caducada
    • Copia del contrato
    • Certificado de aprovechamiento de estudios, donde conste que el estudiante está matriculado en un curso oficial y que está teniendo buenos resultados; y el horario de estudios que tiene. En caso que sólo haga investigación, dejar constancia de este hecho y que por tanto tiene flexibilidad horaria. 

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