Información

En marzo se aprobó el RDL 2/2023 de modernización del sistema público de pensiones, que prevé, en el artículo 1 apartado 34, la obligación de incluir en el régimen de cotización de la Seguridad Social a aquellos estudiantes que realicen prácticas académicas externas.El mismo artículo prevé que, en el caso de las prácticas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social corresponda a la empresa, institución o entidad donde se realicen las prácticas, salvo que en el convenio de cooperación educativa se suscriba que las obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa, en este caso la universidad.

Esta obligación entra en vigor el 1 de enero de 2024. Os informamos que, tal y como prevé la normativa, nuestra universidad se hará cargo tanto de la gestión como del coste económico de incluir a los estudiantes en la Seguridad Social de todas las estancias en prácticas que no cuenten con ayuda al estudio.

En este enlace encontraréis la Resolución de la rectora sobre las obligaciones en materia de Seguridad Social derivadas de la realización de prácticas académicas externas no remuneradas por parte de los estudiantes de la UPF.

En relación con las estancias de prácticas que ya estamos gestionando y que van más allá del 1 de enero de 2024, hemos modificado el acuerdo número 19 del modelo de convenio de cooperación educativa para que contemple esta medida.

Para todos aquellos convenios ya gestionados y firmados, de este curso 2023-2024 y que van más allá del 1 de enero de 2024, os haremos llegar una adenda que complemente el convenio vigente con la misma cláusula.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración.

 

Equipo de Carreras Profesionales de la UPF