"How innovation can be defined, evaluated and rewarded in health technology assessment". Reseña por Antoni Gilabert
"How innovation can be defined, evaluated and rewarded in health technology assessment". Reseña por Antoni Gilabert
"How innovation can be defined, evaluated and rewarded in health technology assessment". Reseña por Antoni Gilabert
Resumen
El artículo explora cómo se puede definir, evaluar y recompensar la innovación en la evaluación de tecnologías sanitarias (HTA), y proponer una definición operativa que pueda ser incorporada en las decisiones. Por ello, hace una revisión de literatura y un análisis comparativo de cinco países (Inglaterra, Francia, Italia, España y Japón) sobre cómo integran la innovación en sus sistemas de HTA. Francia, Italia y Japón consideran la innovación como una combinación de factores como la gravedad de la enfermedad, la necesidad no cubierta y el valor terapéutico añadido. Inglaterra y España tratan la innovación como un criterio adicional y separado. Finalmente proponen para España una definición de la innovación basada en lo que llaman "step-change" (un salto cualitativo o disruptivo, tipo nuevo mecanismo de acción), la conveniencia (utilidad para el paciente), la solidez de la evidencia y el impacto en la I+D futura. Y concluyen que si la innovación debe utilizarse como criterio operativo para la adopción y la divulgación y la mejora de las tecnologías sanitarias, el concepto debe estar claramente definido y debe ser independiente de otras dimensiones de valor ya incorporadas en los sistemas de evaluación de las tecnologías sanitarias.
Comentario
La revisión que hacen los autores es una referencia muy útil para todo aquel que quiera tener una idea clara y bastante exhaustiva de cómo se incorpora el concepto "innovación" en la evaluación de tecnologías sanitarias. Sólo con dos tablas, uno puede tener una visión resumida, tanto de lo que proponen diferentes autores en la bibliografía como lo que hacen determinados países, concretamente 5 (Inglaterra, Francia, Italia, España y Japón).
La discusión se centra en si el grado de innovación debe ser un criterio separado y específico de otros criterios o bien una combinación de factores dentro de la evaluación. Y en el caso de ser un criterio específico y separado, como se valora.
Si nos centramos en el caso, de España, aunque el grado de innovación se encuentra entre los criterios formalmente requeridos para el reembolso de nuevos medicamentos, actualmente no hay ninguna definición pública del concepto, ni tampoco una metodología comúnmente aceptada para medirlo. Parece que el hecho de explicitar el criterio sea suficiente y no haya que definirlo o explicitar el peso relativo que tiene sobre las decisiones. Este aspecto es muy importante para evitar la redundancia de criterios, es decir, asegurar que no se mide lo mismo de diferentes maneras.
En el caso de Inglaterra se explicitan 3 condiciones que deben cumplir las tecnologías sanitarias para ser clasificadas como innovadoras: que sea una novedad, que aporte beneficios sustanciales para la salud de las personas, y que estos beneficios no estén incluidos en el ICER (ratio coste-efectividad incremental). Esto se podría también incluir de forma explícita en el caso español.
En los últimos meses en España se han producido avances normativos relevantes. El nuevo Proyecto de Real Decreto sobre la Evaluación de Tecnologías Sanitarias introduce un marco más estructurado y multidimensional para la evaluación. Sin embargo, este avance normativo no resuelve las carencias señaladas. No hay explícitamente una definición operativa de innovación ni se establecen indicadores claros para medirla. Esto mantiene la incertidumbre sobre cómo se pondera este criterio en la toma de decisiones y perpetúa el riesgo de redundancia o arbitrariedad. Además, la innovación sigue siendo considerada un criterio adicional, sin integrarse plenamente en una visión sistémica del valor.
Otro aspecto crítico del sistema español en la adopción de nuevas tecnologías es la lentitud. Aunque el nuevo marco normativo pretende reducir el tiempo medio de acceso, esta promesa aún no se ha materializado plenamente. La innovación no sólo debe ser reconocida, sino también adoptada con agilidad para generar impacto real en la salud de la población.
Finalmente, cabe destacar que, a pesar de la voluntad de incluir la perspectiva social y la participación de los pacientes en el proceso de evaluación, no se concreta como hacerlo operativo. Por otro lado, los beneficios ambientales y de sostenibilidad, por ejemplo, siguen siendo ignorados. Sin una traducción práctica de estos valores en indicadores y métodos concretos, la promesa de una evaluación más holística puede quedar en papel mojado.
En definitiva, España ha dado pasos importantes hacia una mejor evaluación de la innovación en salud, pero aún queda mucho camino por recorrer. Habrá que ver si los cambios normativos se traducen en prácticas reales que reconozcan, valoren y adopten la innovación de manera transparente, eficiente y equitativa.
Antoni Gilabert
Junio 2025