Las informaciones facilitadas por las autoridades gubernamentales permiten pensar que al finalizar la tercera prórroga del estado de alarma, el próximo 11 de mayo, será posible reanudar de manera escalonada parte de las actividades presenciales que llevan a cabo el personal docente e investigador y el personal de administración y servicios de la Universidad en los campus.

De cara pues a este regreso escalonado a las actividades presenciales, cuando esta posibilidad se confirme, el Consejo de Dirección de la Universitat Pompeu Fabra ha acordado –teniendo en cuenta que las autoridades sanitarias recomiendan el trabajo desde casa y que la docencia del tercer trimestre será exclusivamente en modalidad no presencial– un conjunto de medidas para el desconfinamiento. Este acuerdo parte del reconocimiento de la diversidad de situaciones en que se encuentran todos los trabajadores, así como de la necesidad de encontrar fórmulas flexibles que les permitan acomodarse en la máxima medida posible a la nueva situación. Con estas medidas se pretende esencialmente conciliar tres objetivos: 1) dar cumplimiento a las disposiciones de salud pública y de seguridad laboral previstas en la normativa y en las disposiciones vigentes; 2) ofrecer las máximas garantías de seguridad al conjunto de trabajadores de la Universidad; y 3) facilitar al máximo posible el desarrollo de las actividades presenciales imprescindibles para la viabilidad presente y futura de algunos proyectos de investigación.

En línea con estos objetivos, el Consejo de Dirección de la Universitat Pompeu Fabra ha acordado, con carácter general, mantener la modalidad de trabajo a distancia de las últimas semanas como mínimo entre los días 11 y 31 de mayo, limitando al estrictamente imprescindible el número de personas con presencia en los campus. Teniendo en cuenta, sin embargo, la necesidad de algunos investigadores de acceder a sus puestos de trabajo habitual para dar continuidad a su actividad docente y de investigación, la dirección de la Universidad ha acordado también tres excepciones con distintos grados de presencialidad.

La primera de estas excepciones afecta al personal docente e investigador que trabaja en el desarrollo de actividades de investigación en laboratorios que, por su propia naturaleza, no pueden realizarse fuera de los laboratorios. Este conjunto de trabajadores podrá reanudar su actividad presencial de manera continua a partir del 11 de mayo de 2020, siempre que se den y se garanticen las condiciones de seguridad y protección que establezca la normativa vigente y que fijará, para la UPF, la Oficina de Prevención de Riesgos Laborales y de Promoción de la Salud. Para poder reanudar esta actividad presencial deberán obtener la autorización previa del director o directora de la UCA correspondiente, y por tanto los responsables de los grupos de investigación que deseen acogerse a esta excepción deberán trasladar un plan de organización del trabajo en el laboratorio que permita asegurar el cumplimiento de las condiciones sanitarias mencionadas para el período comprendido entre el 11 y el 31 de mayo de 2020. Quedan excluidas de esta excepción las actividades de investigación que habitualmente se llevan a cabo en laboratorios pero que también se pueden desarrollar fuera de éstos.

 

La segunda excepción afecta al personal docente e investigador que lleva a cabo actividades de docencia o de investigación que pueden requerir el acceso puntual a un laboratorio o a un despacho (por ejemplo, para consultar o recoger materiales o documentación). Estas personas, si bien no podrán reanudar su actividad presencial de forma continua en los campus, sí que podrán acceder puntualmente a los mismos en cualquiera de los días fijados por las diferentes direcciones de campus durante el período comprendido entre el 11 y el 31 de mayo de 2020. Cada persona podrá acceder un máximo de dos días, y en ningún caso por una duración superior a tres horas seguidas, dentro de las franjas horarias que se establezcan. El acceso y la presencia de estas personas también deberán realizarse cumpliendo las condiciones de seguridad que establece la normativa vigente.

La tercera excepción afecta al personal de administración y servicios cuya presencia resulta estrictamente necesaria para poder hacer efectivas las dos excepciones anteriores. La presencia de este grupo de trabajadores se limitará a las tareas y al tiempo necesarios para asegurar el buen desarrollo de las actividades académicas y de investigación referidas en los párrafos anteriores. Estas personas también dispondrán en todo momento de los elementos de protección necesarios para cumplir los requisitos de seguridad.

El Consejo de Dirección de la Universidad Pompeu Fabra está convencido de que estas medidas contribuyen al distanciamiento social necesario para proteger al máximo al conjunto de la sociedad en el momento actual y, al mismo tiempo, garantizan la reanudación progresiva y la continuidad de las actividades docentes y de investigación que la definen y que le permiten seguir contribuyendo de manera activa al bienestar social, tanto en el momento actual como en el futuro. Dado el carácter dinámico de la crisis sanitaria y el grado de incertidumbre que acompaña las previsiones actuales, el Consejo de Dirección hará un seguimiento continuo del impacto y de la eficacia de estas medidas y, en su caso, las adaptará a las nuevas circunstancias. Cualquier adaptación o cambio serán debidamente comunicados al conjunto de la comunidad universitaria. Intentemos entre todos hacer un desconfinamiento colectivo seguro tanto para el conjunto de la UPF como para el conjunto de la sociedad.

 

Barcelona, 29 de abril de 2020