5. Calidoscopio

Inteligencia Artificial y Derecho

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Migle Laukyte

Migle Laukyte, profesora del Departamento de Derecho de la UPF y miembro del Grupo de Investigación del Observatorio de la Evolución de las Instituciones

Inteligencia Artificial (IA) y Derecho representan dos mundos muy lejanos, pero esa lejanía no les impide ver, el uno en el otro, un enorme estímulo, un reto, una invitación para llegar a entender los limites de la creatividad y del ingenio humano.  Desde hace muchos años observamos la creciente interacción y colaboración entre los juristas y los desarrolladores de IA, y sobretodo desde que estamos sumergidos en la sociedad impulsada por datos, observamos que esas interacciones son más intensas y prolíficas. Para entender mejor estas interacciones podemos dividir la relación entre IA y Derecho en dos grandes temas: el primer tema es (a) IA del Derecho y el segundo es (b) el Derecho de la IA.

IA del Derecho se refiere a las posibilidades tecnológicas, basadas en IA, que facilitan y hacen más rápidas algunas de las tareas típicas del trabajo jurídico. Por ejemplo, los sistemas expertos pueden dar consejos sobre calificación de los hechos; los sistemas de analítica pueden analizar y comparar distintos contratos, y los programas de predicción pueden adelantar un hipotético resultado de juicio. La construcción y el desarrollo de esos sistemas se basa en el conocimiento y entendimiento de como funciona el Derecho, y en esto reside el desafío más grande: entender el Derecho—en toda su variedad y complejidad de usos, costumbres, reglas y procedimientos—y transferir este entendimiento en lenguajes de programación sin perder su espíritu. 

en esto reside el desafío más grande: entender el Derecho—en toda su variedad y complejidad de usos, costumbres, reglas y procedimientos—y transferir este entendimiento en lenguajes de programación sin perder su espíritu

Por otro lado, Derecho de la IA trata todas las cuestiones jurídicas relativas a la IA y su impacto en la sociedad. Aquí se nos abre un mundo de posibilidades: desde el derecho de la propiedad intelectual hasta los derechos humanos; desde los contratos hasta la filosofía del Derecho (¿el robot puede ser una persona jurídica?); desde la protección de datos hasta las cuestiones relativas al impacto de algoritmos en los derechos laborales; desde el derecho humanitario en el caso de armas autónomas hasta los temas del uso de IA en el derecho procesal; desde la protección de los consumidores hasta la responsabilidad por los daños causados por las maquinas y programas inteligentes; y así mucho más temas. En este sentido el jurista tiene que aventurarse en el mundo de IA para entender las características y el funcionamiento de IA para comprender su impacto jurídico: ¡no es tan fácil explicar a un jurista el funcionamiento del algoritmo basado en Deep learning!

el jurista tiene que aventurarse en el mundo de IA para entender las características y el funcionamiento de IA para comprender su impacto jurídico

Observamos así que el Derecho y la IA tienen muchas cuestiones en común y sus diferencias—en los métodos, objetivos, ámbitos y, desde luego, en la rapidez en la reacción ante los cambios y novedades—son no solo lo que les separa, sino también lo que les atrae, creando una reciprocidad entre las mismas. Lo importante es que mientras IA busca reproducir y mejorar nuestras capacidades, aumentar nuestras habilidades y ofrecernos nuevas formas de ver el mundo, el Derecho nos garantiza que sea cual sea la forma o la aplicación basada en IA que desarrollaremos mañana o dentro de cien años, el ser humano será siempre el fin y no el medio.