8. Calidoscopio

Una tecnología disruptiva con un potencial desconocido

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Mireia Artigot

Mireia Artigot, profesora del área de Derecho Civil del Departamento de Derecho de la UPF

Imaginemos que después de mucho buscar, hemos encontrado un piso a la venta que queremos comprar. Antes de firmar el contrato de compra-venta iremos al Registro de la Propiedad con el fin de obtener la información pública y oficial de la titularidad del piso y de sus características (m2, número de habitaciones, distribución...). En base a la información incluida en el documento que nos proporcione el Registro de la Propiedad podremos verificar, entre otras cosas, si quien nos está vendiendo el piso es su propietario y si el precio del piso nos parece razonable en base a las características de este. Confiaremos en la información que el/la Registrador/a, nos proporcione ya que una de sus tareas es verificar que ésta es correcta. Así pues, decidimos comprar el piso a un vendedor desconocido porque hay intermediario que ha verificado que la información relativa a la transacción se ajusta a la realidad.

La tecnología Blockchain permite hacer alguna de las funciones que hasta ahora han venido haciendo los intermediarios en los mercados. Blockchain es una tecnología descentralizada que abarata dos costes inherentes a las transacciones: los costes de verificación de la información de la transacción y de interacción entre los participantes en el mercado. Si la información sobre transferencias y características de los pisos utilizara tecnología Blockchain, las transacciones se podrían llevar a cabo de forma mucho más económica que lo que conocemos hasta ahora.

¿Y cómo lo hace esto? A través del Blockchain una serie de ordenadores están conectados en red de manera que la información que se introduce sobre, por ejemplo, transacciones y/o características de productos queda registrada cronológicamente en un ledger -como un libro de registro- protegido a través de encriptaciones que evitan su manipulación y aseguran la verificación. Esta información introducida en uno de los ordenadores que forman parte del Blockchain es distribuida a todos los ordenadores que forman la red de modo que todos ellos tienen la misma información encriptada. Los datos, a la vez, se agrupan en bloques que van formando una cadena.

Así pues, la tecnología Blockchain permite verificar información y formalizar transacciones a un coste mínimo, así como maximizar la transparencia y seguridad en las transacciones.

A pesar de los potenciales que presenta esta tecnología, también plantea retos a muchos niveles. En un sistema descentralizado como este, ¿a quién se podría pedir responsabilidad en caso de que el sistema fallara o colapsara? Por otra parte, ¿de quién son los datos que conforman la información que se introduce en el sistema? ¿Cómo y quién puede controlar y evitar el fraude respecto a terceros ajenos al Blockchain -como el fraude fiscal, por ejemplo- que puedan generar las transacciones que se llevan a cabo a través del Blockchain? ¿Qué regulación es la aplicable a los contratos que se formulen en este sistema? Los contratos que se formalicen en transacciones que usan tecnología Blockchain son contratos diferentes a los que hacemos normalment, tanto respecto a su perfección, como a su cumplimiento y como en la protección de consumidores.

La tecnología Blockchain aún se encuentra en un estadio muy preliminar. Plantea un gran potencial que podría llegar a reconfigurar la morfología de las transacciones e intercambios tal y como los conocemos ahora. Sin embargo, también nos presenta grandes retos con los que, en cada contexto en el que utilicemos esta tecnología, tendremos que lidiar.