Coordination and introduction

-"El arte de parlamentar en la Corona de Aragón (siglos XIII-XVIII). Introducción", a eHumanista: Journal of Iberian Studies, vol. 48 (2021), p. i-viii.

Introducción a un dosier monográfico de diecinueve (!) artículos que he coordinado, con artículos en castellano, catalán e inglés, para que hispanistas de todo el mundo conozcan la riqueza del parlamentarismo histórico de la Corona de Aragón. Los textos, sobre la Corona de Aragón cismarina y sobre sus distintos territorios (Aragón, Cataluña, Cerdeña, Mallorca y Valencia), han sido escritos por (cito por orden) Jose Ángel Sesma, Eduard Juncosa, Esther Tello, Mario Lafuente y Guillermo Tomás Faci, Carlos Laliena, Jesús Gascón, Ricard Torra-Prat, Eduard Juncosa (de nuevo), Àngel Casals, Jordi Buyreu, Josep Capdeferro, Eduard Martí-Fraga, Joaquim Albareda, Miguel Fuertes Broseta, Diego Quaglioni, Antonio Planas, Vicent Baydal, Pau Viciano y David Bernabé Gil. 

-“Basat en fets reals: processos i (in)cultura”, a Scripta: Revista Internacional de Literatura i Cultura medieval i moderna, vol. 13 (2019), p. 81-86.

Introducción a un dosier monográfico de ocho artículos que he coordinado. Los procesos jurisdiccionales como fuentes privilegiadas para conocer realidades sociales y culturales de la edad moderna. #procesos #justicia

-"Una historiografia emergent" (amb Ricard Torra), a Afers: Fulls de recerca i pensament, núm. 99 (2021/2022), p. 285-300.

Introducción a un dosier monográfico de siete artículos que he coordinado junto con Ricard Torra (UAB) poniendo en valor las investigaciones de siete jóvenes de disciplinas varias que contribuyen a desarrollar la historiografía modernista (en sentido amplio, ss. XIV-XVIII) para los territorios donde se habla catalán en alguna de sus variantes. 

 

Discrimination and Antisemitism

-"L’exigència de puresa de sang per col·legis i confraries d’oficis a la Barcelona moderna", in Barcelona Quaderns d'Història, vol. 24 (2017), p. 99-112.

Para acceder y consolidarse en muchos colegios profesionales y gremios de la Barcelona moderna se exigían pruebas de limpieza de sangre. ¿Cómo se articulaba normativamente y cómo se practicaba la discriminación contra conversos? ¿El municipio de Barcelona conseguía restringir las discriminaciones de las corporaciones profesionales? #Endurecimiento #Mimetismo #ConselldeCent  

-"L'immaculat Col·legi de Medicina de Barcelona a l'edat moderna", in Afers 80/81 (2015), p. 201-224.

¿Qué se preguntaba a los testigos en dosiers de limpieza de sangre? ¿Sus respuestas denotaban unos dosiers meramente rutinarios o un vivo antisemitismo? #Genealogía #Purezadesangre 

-"L'elit mèdica de Barcelona als segles XVI-XVII, a partir de quaranta dossiers genealògics", a Recerques 67 (2013) [imprès el 2015], p. 61-86.

Reconstrucción del núcleo dirigente del Colegio de Medicina de Barcelona (desde la segunda mitad del siglo XVI hasta mediados del siglo XVII) a partir de cuarenta dosiers de limpieza de sangre inéditos. Una fuente odiosa y discriminatoria dio pie a un ejercicio prosopográfico que arrojó interesantes índices de movilidad social y movilidad geográfica para la Cataluña moderna. #Discriminación #Prosopografía #Movilidadsocial #Movilidadgeográfica 

-"La infàmia de tenir sang jueva a la Catalunya moderna: ecos del Reial Consell i de la literatura jurídica", dins Enric Porqueres i Gené (coord.), Francesc Riera, des de l'abundància del cor, Palma de Mallorca, Lleonard Muntaner Editor, 2012, p. 163-174.

En la Cataluña moderna los descendientes de judeoconversos también fueron duramente discriminados, como en otras partes de la Monarquía Hispánica. Hasta ahora la historiografía apenas lo ha detectado o denunciado. La Real Audiencia promovió un cierto garantismo judicial para que la discriminación solo afectara a cristianos nuevos probados y no se extendiera a terceros injustamente (todavía más injustamente, se entiende). La doctrina de autores como Lluís de Peguera y Joan Pere Fontanella incorporó de forma dispar la jurisprudencia de la Audiencia –una jurisprudencia en clave de contención del odio, más que de tolerancia. #jurisprudencia #doctrina #peguera #fontanella 

 

Hospitals

-"En la jaula de los locos: El Hospital de la Santa Creu de Barcelona, un ámbito jurisdiccional complejo (siglos XVI-XVII)”, en Ivs Fvgit, vol. 23, Dic. 2020, pp. 41-54. 

Dos conflictos acaecidos en 1599 y 1607 respectivamente pusieron en evidencia la fragilidad de la jurisdicción que el Hospital de la Santa Creu de Barcelona acostumbraba a ejercer (¿sobre qué legitimidad? ¿dentro de unos límites tolerables?) sobre sus internos, trabajadores y personas externas que pudieran delinquir dentro del recinto. #conflictosjurisdiccionales #entreiglesia,municipioymonarquía Este trabajo es preludio de otro inminente sobre la praxis de tan jurisidicción #waitandsee 

-Josep Capdeferro and Eulàlia Miralles, "Als rics put l'Ospital com si fos sutge". Videoconferència al Congrés internacional "Proscrits, marginats i minories a la Corona d’Aragó  (ss. XV-XVIII). Textos i vides" organitzat per Vicent V. Escartí a la Universitat de València l'octubre del 2020. 

Durante el otoño de 1599, Sebastià Roger, escribano y archivero del Hospital de la Santa Creu de Barcelona, redactó un texto en prosa y en verso para denunciar la agresión que el espacio sagrado del hospital acababa de sufrir por parte de unos agentes de la autoridad real encolerizados. La violación de un ámbito jurisdiccional ajeno podía ser motivo de fuertes controversias en la edad moderna (¡como en el presente!)  

 

Institutional Accountability

-Josep Capdeferro and Adrià San Miguel, “Los hòmens no són perfets’: revelacions dels processos de fiscalització institucional”, a Scripta: Revista Internacional de Literatura i Cultura medieval i moderna, vol. 13 (2019), p. 194-211.

Los procesos de fiscalización o rendición de cuentas de oficiales públicos de Cataluña en el siglo XVII aportan un sinfín de datos insospechados, por ejemplo de tipo biográfico o sobre los esclavos en la Barcelona moderna. Y, por encima de todo, muestran como las personas comunes percibían el fraude y los abusos de poder de las autoridades. #visita #DiputaciódelGeneral #Generalitat #sigloXVII  

-"El vigor de les institucions de la terra a la vigília dels segadors" dins DD.AA. Una relació difícil. Catalunya y l'Espanya moderna. Editorial Base, Barcelona, 2007, pp. 47-83.

En las primeras décadas del siglo XVII, en paralelo y como efecto al fortalecimiento que había experimentado la Diputació del General o Generalitat de Catalunya durante el siglo XVI, se consolidó una Visita o mecanismo de fiscalización que llegó a rivalizar en poder con los diputados y oidores de cuentas. Es decir, los "inspectores" o "interventores" querían intervenir en asuntos de los "cargos políticos". Tal Visita, bastante efectiva, tenía muchos efectos positivos: Publicidad de la corrupción, control de los gastos, incremento de la participación política, regulación interna de la Diputació... #Transparencia #Anticorrupción #Representatividad

 

Jurisdictional conflicts NEW!

-"El canceller de Catalunya, un àrbitre entre jurisdiccions ponderat (segles XVI-XVIII), a Revista de Dret Històric Català, vol. 22 (2023), p. 43-59.

En la Cataluña moderna la Iglesia gozó de amplio abanico de libertades y muchos asuntos sociales cabalgaban entre el ámbito de poder secular y eclesiástico. Ello conllevaba frecuentes conflictos jurisdiccionales. Desde finales del s. XIV, la monarquía de la Corona de Aragón y el Papado pactaron una solución original que pasaba por asignar al canciller -entonces común a los territorios de Aragón, Cataluña, Cerdeña, Mallorca, Valencia, etc.- un rol de tercer árbitro decisivo en la adjudicación de dichos conflictos. En este artículo se estudia cómo se desarrolló dicho rol arbitral particularmente en el principado de Cataluña desde el siglo XVI hasta principios del siglo XVIII. Experiencias jurídico-políticas como la que se analiza en este artículo llenan de contenido el pactismo histórico catalán del que se habla a menudo.     

-"Malnoms graciosos de criminals desgraciats entre les sentències de contenció del canceller de Catalunya (segles XVI-XVII)" a Scripta: Revista Internacional de Literatura i Cultura medieval i moderna, vol. 21 (2023), p. 161-178

Primera aportación pública a un tema fundamental: el rol que históricamente tuvo el canciller de Cataluña en la atribución de casos civiles o criminales fronterizos a una jurisdicción secular o eclesiástica que pretendían competencia para enjuiciarlos. Con motivo de un homenaje al catedrático de la UdG Albert Rossich con motivo de su emeritazgo, he realizado un censo de apodos de presuntos criminales que buscaron ser juzgados por jurisdicciones eclesiásticas como vía de entrada y presentación a un tema de alta complejidad poco estudiado hasta el presente.    

 

Jurists

-Juristes, litigis i poder al comtat d'Empúries en temps de Jeroni Pujades (1568-1635). Castelló d'Empúries, Ed. Ajuntament de la Comtal Vila de Castelló d'Empúries, 2017.

Libro que resume la investigación financiada con la IV Beca Jeroni Pujades. Tiene como escenario el Comtat d'Empúries o Condado de Ampurias, uno de los principales estados señoriales de Cataluña, en los siglos XVI y XVII. Biografías de juristas e identificación de las funciones que ejercían en la administración condal. Explicación de pleitos que se producían en la villa capital del condado, Castelló d'Empúries, y en los demás pueblos y territorios, en materia de diezmos, pesca, pastos, bienes comunales, murallas, provisión de víveres, comercio, represalias, etc., a menudo arrastrando conflictos con otras jurisdicciones (real, eclesiástica y militar principalmente). #biografías #procesos #conflictosjurisdiccionales #diezmos #pesca #represalias #comercio #Cadaqués #L'Escala #Roses (¡y mucho más!)   

-"Els testaments del jurista i polític Miquel Sarrovira (c.1514-1604) i d’Altília Cordelles (†1602)", a Revista de Dret Històric Català, vol. 16 (2017), p. 65-79.

Apenas se sabía nada de uno de los principales juristas y políticos de la Barcelona del siglo XVI hasta que encontré sus últimas voluntades en una serie de archivo improbable y pude empezar a hilvanar sus relaciones familiares, nada pacíficas. En paralelo, reconstruí su densa trayectoria al servicio del Consell de Cent. #nonagenario #hijocrápula #suertedelashijas #patriciadourbano   

-"Los juristas catalanes durante la Monarquía Hispánica", a José M. Pérez Collados i Tomàs de Montagut (dirs.), Los juristas catalanes y el Estado español, Madrid, Marcial Pons, 2017, p. 79.101.

En una obra de referencia, capítulo de síntesis sobre las muchas opciones de servicio profesional que tenían los juristas catalanes de la edad moderna. Se ilustra con varios perfiles biográficos. #serviralrey #serviralatierra  

-"De l'oral a l'escrit: locucions de l'epistolari d'un gran jurista del segle XVII", a Revista de Llengua i Dret 67 (2017), p. 201-219.

¡Mucho más que un estudio de pragmática de la lengua! A partir de palabras y expresiones del epistolario facticio de Joan Pere Fontanella ¿Cómo ejercía un abogado en la edad moderna? ¿Cómo percibía el pleitear? ¿Y las soluciones concordadas? #belicismo #concertación #epistolario    

-"Jeroni Pujades: cronista i literat per evadir-se d'una praxi del dret poc estimulant?", a Butlletí de la Reial Acadèmia de Bones Lletres de Barcelona 53 (2011-2012) [editat el 2013 i imprès el 2015], p. 351-378.

No es por casualidad si Jeroni Pujades ha dejado huella como cronista o dietarista, pero no como jurista. El derecho básicamente le daba de comer. Ni el aparato real en Cataluña ni el señorial del Condado de Ampurias contaron mucho con él, quizás porque le sabían demasiado inclinado hacía el estudio del pasado. Estudio realizado a partir de procesos judiciales inéditos ante jurisdicciones diversas, no solo baroniales, también la Batllia General de Catalunya, el regent la vegueria de Barcelona o los ediles de Barcelona. Frecuentes contiendas jurisdiccionales. #jurisdicciónseñorial #jurisdicciónmunicipal #jurisdicciónmilitar 

-Ciència i experiència. El jurista Fontanella (1575-1649) i les seves cartes, Barcelona, Fundació Noguera, 2012.

Edición de una cuarta parte aproximadamente de la tesis doctoral, con enmiendas y adiciones (la más destacada ¡un epistolario de dos cientas cuarenta cartas del jurista a los municipios de Girona, Manresa, Olot, Tortosa y Vic). A partir de muchísima información inédita (principalmente de ACA, BICAB, Generalitat y de distintos archivos municipales), contextualización de la vida y la obra del más destacado jurista catalán de la edad moderna, como profesional del derecho y como hombre político. A través suyo y de otros abogados y procuradores, análisis de las prácticas de litigación de la época. #capítulosmatrimoniales #testamentos #correspondencia #praxisprofesional

-"Aggiornamento biogràfic de Joan Pere Fontanella (1575-1649)" dins G. Sansano i P. Valsalobre (eds.), Fontanellana. Estudis sobre l'època i l'obra de Francesc Fontanella (1622-1683/85), Documenta Universitaria, Girona, 2009, p. 125-162.

Resumen biográfico sobre Joan Pere Fontanella, con una selección de informaciones inéditas en su momento que pudieran ser útiles a los filólogos para contextualizar mejor a su hijo menor, el literato Francesc Fontanella. #Testamentos #Hijopredilecto #Exilio   

-"Francesc Martí i Viladamor (1616-1689): un catalan (trop?) fidèle au roi de France" dins Y. M. Bercé (ed.), Les procès politiques (XIVe-XVIIe siècle), École française de Rome, Roma, 2007, pp. 425-448.

En la década de 1640, la Diputació del General, el Consell de Cent y otras instituciones representativas catalanas pusieron su efímera y frágil república independiente bajo la protección del rey de Francia. El leitmotiv de estas instituciones y de un amplio sector social de catalanes era la Observancia del Derecho (que quien actuare como conde de Barcelona y princeps de Cataluña respetase los derechos del país). Pero individuos como Francesc Martí Viladamor, seducidos por la corte de París, pusieron la Política por encima del Derecho y, desde la lejanía, creyeron saber mejor que nadie lo que le convenía a Cataluña... Las instituciones decidieron desacreditar y desapoderar a su representante, incluso le sometieron a varios procesos que, juntos, pueden considerarse un proceso político. Pero la sombra que proyectaba Luis XIV, el Roi Soleil, sería difícil (¡imposible!) de neutralizar... #Rivalidades #Literaturajurídica #Escritospolíticos #Diplomacia #(In)ObservanciadelDerecho 

-"Joan Pere Fontanella (1575-1649?): el Dret al servei de la Pàtria", a Albareda Salvadó, J. (ed.), Del patriotisme al catalanisme, Vic, Eumo, 2001, p. 51-70.

El derecho como factor de cohesión, identidad y patriotismo en la Europa moderna. Cómo Fontanella afrontó los conflictos constitucionales más graves de su época y cómo los glosó en su literatura jurídica. #Conflictosconstitucionales  

-"Una aproximació a l'activitat dels assessors ordinaris de la Diputació del General de Catalunya al segle XVII", en AA.DD., El territori i les seves institucions històriques, Lleida, Fundació Noguera, 1999, volum 2, p. 687-702.

Estudio técnico sobre los juristas o abogados regulares de la Generalitat en la edad moderna, elaborado principalmente a partir de registros de sus deliberaciones, cartas y sentencias. La importancia de los técnicos en derecho en la gestión de litigios y negociaciones   

 

Legal Culture and Books

-"The pactis nuptialibus sive capitulis matrimonialibus tractatus (Treatise on Nuptial Pacts or Marital Agreements). Joan Pere Fontanella (Iohannes Petrus Fontanella) (1575-1649)", a Serge Dauchy, Georges Martyn et al. (eds.), The Formation and Transmission of Western Legal Culture: 150 Books that Made the Law in the Age of Printing, Cham (CH), Springer, 2016, p. 164-167. 

Resumen para un público internacional del principal tratado de derecho de familia y sucesiones catalán de la edad moderna, obra del célebre jurisconsulto Joan Pere Fontanella. Los capítulos matrimoniales y los heredamientos que contenían fueron el instrumento fundamental para organizar las familias (ergo la sociedad) desde la edad media hasta el siglo XIX.  

-"La literatura jurídica, un mirall entelat de les guerres, les revoltes i les paus en la Catalunya dels anys 1640-1700", dins d'Ò. Jané (ed.), Del tractat dels Pirineus (1659) a l'Europa del segle XXI: un model en construcció?, Barcelona, Museu d'Història de Catalunya, 2010, p. 291-304.

Un trabajo que (a mi modesto parecer) no está teniendo la fortuna que merecería: La secesión de Cataluña en 1640, su sujeción a la monarquía de Francia en 1641 y su retorno a obediencia de Felipe IV en 1652, más allá de sus implicaciones políticas, tuvieron fuertes repercusiones jurídicas: exiliados, patrimonios ocupados y confiscados, incumplimientos contractuales, vicisitudes procesales... ¿La literatura jurídica posterior se hizo eco de los conflictos planteados ante jurisdicciones catalanas y sus sentencias? ¿Aquel "arsenal" infrecuente de casos fue hábilmente utilizado por los decisionistas? El título del texto, donde "mirall entelat" significa "espejo con vaho", permite intuir la conclusión... Hago un pequeño spoiler: los magistrados de la Real Audiencia, cuando actuaron como decisionistas o comentaristas de sus propias sentencias, rehuyeron o minimizaron el análisis de todo aquello que recordara la rebeldía de su territorio. Las pocas veces que abordaron temas tan delicados como la guerra y sus consecuencias, lo hicieron en clave regalista. #decisionistas #confiscaciones #GuerrayDerecho #1640 #literaturajurídica           

-"Práctica y desarrollo del derecho en la Cataluña moderna: a propósito de la jurisprudencia judicial y la doctrina" dins S. de Dios et al. (coords.), Juristas de Salamanca, siglos XV-XX, Ediciones Universidad de Salamanca, Salamanca, 2009, p. 235-257.

Un trabajo sobre fuentes muy distintas: un interesante manuscrito inédito, legislación aprobada y (solo) propuesta en Cortes y literatura jurídica de dos grandes autores (Lluís de Peguera y Joan Pere Fontanella). Éste es su hilo argumental: el prestigio creciente de la Real Audiencia de Cataluña en el s. XVI iba generando una jurisprudencia exitosa. No faltaron quienes vieron en ella un riesgo para el desarrollo paccionado del derecho en Cortes y promovieron normas que: a) encauzaran el proceso hacia un debate entre magistrados y abogados lo más rico posible en argumentos jurídicos (con toda la complejidad y dinamismo de las fuentes del 'ius commune'); b) aseguraran que solo podrían servir como precedente para casos similares las resoluciones de la Audiencia que fueran objeto de comentario (ergo filtraje) por parte de juristas acreditados; c) la Diputació del General o Generalitat, erario público de los catalanes, debería financiar la publicación de tales comentarios. Dos grandes juristas catalanes como Peguera y Fontanella, desde dentro y desde fuera de la Real Audiencia (por lo tanto, desde perspectivas complementarias), estuvieron entre los primeros en poner en práctica este interesante maridaje entre jurisprudencia y doctrina. #siglodeorodelderechocatalán

 

Local Governments and Jurisdictions

-"Plets, justícia i poder a la Barcelona dels segles XVI i XVII", a Barcelona Quaderns d'Història, 23 (2016), p. 137-167.

En la edad moderna muchos juristas trabajaron para que el espacio jurisdiccional de la ciudad de Barcelona, acrecentado desde el siglo XIII, sufriera lo menos posible los embates de la monarquía, cuya vis expansiva amenazaba el ámbito competencial municipal. Esa tarea, llevada a cabo por hombres como los hermanos Miquel y Antoni Sarrovira, se acompañó de un interesante ejercicio de ordenación documental de la mano del escribano mayor o secretario municipal Esteve Gilabert Bruniquer. #disputasjurisdiccionales #municipioymonarquía #elarchivoenregla     

-"Una justícia ciutadana novadora", a DD. AA., Dret, conflictes i justícia. Barcelona 1700, Barcelona, Ajuntament de Barcelona, 2016, p. 139-174. 

Los consellers de la ciudad de Barcelona, debidamente asesorados por juristas, fueron agentes jurisdiccionales de primer orden en la Cataluña moderna en ámbitos tan relevantes como la salud pública o la ordenación del trabajo urbano. Algunas de sus sentencias demuestran que también desde su tribunal se podían impulsar cambios  jurisprudenciales que favorecieran el progreso social. #podermunicipal #gremios #innovacionesjurisprudenciales 

-"Les adjuncions municipals a la Catalunya moderna", en M. Betlem Castellà (coord.), Poders a l'ombra: les comissions de les institucions parlamentàries i representatives (segles XV-XX), Barcelona, Parlament de Catalunya i Universitat Pompeu Fabra, 2014, p. 127-140.

En la Cataluña moderna, una clave del desarrollo institucional municipal fue la proliferación de comisiones especializadas para aconsejar a los ediles sobre temas de creciente complejidad. Ejercicio de comparación entre comisiones de ámbitos local y parlamentario.                                #¿aquéc...serefierenquieneshablandeinstitucionesmedievalizantes?

-"Girona, capital jurisdiccional de la Catalunya convulsa dels anys 1630",en Figueras, Narcís i Vila, Pep (cur.), Miscel.lània en honor de Josep M. Marquès, Barcelona, Publicacions de l'Abadia de Montserrat, 2010, p. 275-286.

Al añorado Dr. Marquès, que fue archivero del Arxiu Diocesà de Girona, le dediqué un texto sobre los meses en que Girona se convirtió en sede de la Real Audiencia y otros tribunales de la monarquía en Cataluña. La efímera capitalidad gerundense perseguía castigar la tenaz resistencia fiscal y política de Barcelona -asunto de los quints y cobertura ante el rey de los consellers- y acercar el aparato regio al frente del Rosellón, amenazado por Francia. Comportó el traslado de muchos ministros regios, abogados y procuradores (con las complejidades imaginables de alojamiento, aprovisionamiento de víveres, correspondencia, etc.). #instituciones-caracol #castigosypremiosdelamonarquía 

 

Parliamentarism and Representation

-"Propuestas legislativas en ascenso en las Cortes catalanas: el memorial de Sebastià Roger (1599)", eHumanista: Journal of Iberian Studies, vol. 48, p. 93-104.

Cada vez es más y mejor conocida la proactividad de muchas personas jurídicas –principalmente gobiernos municipales y cabildos catedralicios, pero también gremios– en el proceso legislativo que tenía lugar en Cortes catalanas en la edad moderna. El proceso constaba de muchas cribas escalonadas, cada una de las cuales requería amplios consensos. En cambio, es inédito –pero tanto o más revelador de una cultura de res publica fuertemente arraigada– un memorial de propuestas legislativas como el que en 1599 escribió a título individual Sebastià Roger, el escribano del Hospital de la Santa Creu de Barcelona. En él sugería reflexiones y reformas normativas más y menos ambiciosas sobre muchos ámbitos de las instituciones y la sociedad, aún sabiendo que muchas no pasarían ni tan siquiera la primera criba.

-"Commissioners, ad hoc committees and negotiators in the cortes of Catalonia, 1701-02", a Parliaments, Estates and Representation, 2019, vol. 39, issue 3, 328-339.

La maduración del sistema parlamentario catalán conllevó nuevas propuestas organizativas más o menos exitosas: el nombramiento de "supercomisionados" dentro de las comisiones técnicas, la erección de más comisiones ad hoc para tratar asuntos de especial relevancia, etc. Cabe reivindicar que era en comisiones, interestamentales y paritarias, donde se cocinaban los compromisos políticos del territorio, que después serían objeto de negociación con la monarquía. #diálogospolíticos #crecientesofisticacióninstitucional #transversalidadestamental 

-"Representación en ámbitos judiciales, conexos al espacio político: el caso de la Cataluña moderna", a Sebastià Serra i Elisabeth Ripoll (eds.), El Parlamentarisme en perspectiva històrica: parlaments multinivell, Palma de Mallorca, Parlament i Institut d'Estudis Autonòmics de les Illes Balears, 2019, vol. II, p. 1309-1326.

Es importante recordar que las instituciones parlamentarias y representativas de antiguo régimen, además de ejercer funciones legislativas y ejecutivas, tenían un destacado rol judicial o jurisdiccional. El artículo, publicado en las actas de la 68th Conference de la ICHRPI, reivindica ese ámbito y lo ejemplifica con tres casos: el tribunal de la antigua Diputació del General o Generalitat de Catalunya, los juicios desarrollados por ediles y otros cargos municipales (sobre todo en Barcelona) y el Tribunal de Contrafaccions de Catalunya (1702-1713)

-"Crímenes de lesa patria en la Cataluña secesionista (1640-1652): el valor de la participación política", a Clio y Crimen, vol. 14 (2018), p. 171-184.

Las instituciones representativas catalanas (principalmente Diputació del General o Generalitat y Consell de Cent de Barcelona), en los complejos vaivenes entre las monarquías hispánica y francesa de los años 1640-1652, intentaron mantener perfil propio ("republicano") y castigar en la medida de sus posibilidades a los desafectos a la causa secesionista, básicamente privándoles de la elegibilidad que pretendieran tener. Este trabajo pone de relieve el alto valor de los derechos políticos en la Cataluña moderna, pero también la pequeñez de tales derechos ante la represión muy superior (que afectaría vidas y patrimonios) que podían ejercer las monarquías en liza sobre los reos de lesa majestad.      

-"Tortosa a les sessions de Corts catalanes de 1632: Pere Joan Miravall, un síndic fatarellut al peu de la obra", dins Josep Serrano i Daura (coord.), Actes de les Jornades d'Estudi sobre el municipi abans de la Nova Planta (1716). El cas de la Fatarella, Tarragona, Diputació de Tarragona, 2013, p. 383-410.

Como demuestra la correspondencia entre la ciudad de Tortosa y su síndico en las sesiones de Cortes de 1632, el jurista Pere Joan Miravall, un síndico hábil no solo podía no ejecutar las instrucciones que le mandara su delegante, sino demostrarle que era preciso invertirlas para adecuarlas a informaciones que los participantes de los estamentos iban conociendo. En definitiva, se invita a matizar el rigor del mandato imperativo preliberal (lo cual no implica equiparar Miravall a un parlamentario liberal, claro está).   

-"Sessions plenàries versus comissions de treball a les Corts catalanes del segle XVII", dins R. Ferrero i L. Guia (eds.), Corts i Parlaments de la Corona d'Aragó. Unes institucions emblemàtiques en una monarquia composta, Publicacions de la Universitat de València, València, 2008, p. 307-327.

Un análisis del ciclo 1585-1599-1626-1632 apunta a un desinterés creciente de varios miembros de los estamentos por participar en comisiones técnicas; no perderse las sesiones plenarias les parecería estratégicamente más adecuado. ¿La institución parlamentaria estaba mutando a raíz de su menor frecuencia y duración, un asesoramiento más intenso de abogados, la impresión y circulación de proyectos legales...? #lacocinadelasCortes     

-"'Attès los dits diputats no eran sinó procuradors...': relacions entre els braços i la Diputació del General durant la celbració de les Corts Catalanes de 1599", en Ius fugit: revista interdisciplinar de estudios histórico-jurídicos, 10-11 (2003), p. 849-870.

Tensiones y muestras de indocilidad de la Diputació del General o Generalitat ante mandatos de los tres estamentos (sus delegantes originarios) en las Cortes de 1599 prueban cómo se había ido consolidando a lo largo de los siglos XV y XVI, mientras que los brazos cada vez tenían menos ocasión y tiempo para reunirse. Intentos fallidos de emancipación institucional. 

-"La participació de Girona a la Cort General de Catalunya de 1599", a AA.VV., El món urbà a la Corona d’Aragó del 1137 als Decrets de Nova Planta, Barcelona, Universitat de Barcelona, 2003, volum III, p. 109-132.

Las importantes Cortes catalanas de 1599 vistas desde la perspectiva de una ciudad relevante como Girona: análisis de las instrucciones, propuestas legislativas y peticiones de privilegios que los ediles y sus doce asesores en materia parlamentaria confiarían a los dos síndicos gerundenses; además, seguimiento a distancia de las sesiones de Cortes y fiscalización final de las gestiones y los resultados conseguidos por dichos síndicos. #lafuerzadelbrazoreal #iniciativalegislativa 

 

Rule of Law

-"Les zones grises de l'Observança: Diputació i/versus contrafaccions", a Josep Serrano (coord.), I Jornada de Dret Públic Català Víctor Ferro Pomà (2018), Barcelona, Societat Catalana d'Estudis Jurídics, 2020, p. 33-49. 

Una de las misiones de la Diputació del General, la más noble y políticamente comprometida, era salir en defensa del derecho catalán si algún(os) oficial(es) de la monarquía lo vulneraba(n). No siempre era fácil cumplir con ese cometido: el derecho suele estar sujeto a interpretación; a veces tolerarles alguna contrafacción o ilegalidad podía ser menos lesivo que denunciarla; y, para más INRI, como dice el Evangelio de San Juan, "quien esté libre de pecado que tire la primera piedra". La reflexión de este artículo se desarrolla a partir de seis casos inéditos que localicé en los procesos de Visita de la Diputació del General de Catalunya. #arbitrariedades #controversias #PaulaGassona   

-"The Configuration of the Tribunal de Contrafaccions of Catalonia in the Corts of 1701-1702". En Joaquim Albareda & Manuel Herrero Sánchez eds., Political Representation in the Ancien Régime. NYC (USA)-Abingdon (UK): Routledge, 2019. 231-244.

A principios del siglo XVIII, no fue nada fácil conseguir consenso entre los tres estamentos catalanes (eclesiástico / nobiliario / ciudades y villas de dominio regio) sobre la mejor forma de juzgar y prevenir las contrafacciones o actos ilegales que pudieran cometer ministros y oficiales reales o señoriales. Una vez conseguido el consenso interno, el debate con Felipe V y su aparato de poder fue todavía más difícil. Finalmente, en un ejercicio de finezza política, se consiguió el objetivo buscado por lo menos desde 1533: un tribunal imparcial ad hoc.

-"El Tribunal de Contrafaccions, un punt i a part en la història del constitucionalisme català", a Eva Serra i Puig: sessió en memòria tinguda els dies 10 i 11 d'abril de 2019 Barcelona, IEC, 2020, p. 125-133.

En recuerdo de Eva Serra, reconstrucción del iter de la investigación conjunta sobre el Tribunal de Contrafaccions; caminos para explorar; aportaciones historiográficas posteriores.

-Josep Capdeferro & Eva Serra, Casos davant del Tribunal de Contrafaccions de Catalunya (1702-1713), Barcelona, Departament de Justícia i Parlament de Catalunya, 2015.

Segundo volumen del estudio en profundidad de la corte mixta y paritaria entre la monarquía y los estamentos catalanes erigida en las Cortes de 1701-1702 para enjuiciar las contrafacciones o ilegalidades que cometieren oficiales reales o señoriales en Cataluña. Trata sobre los 19 casos y los 18 cuasicasos que el tribunal enjuició o pudo haber enjuiciado. Incorpora abundante documentación impresa y manuscrita, desde alegaciones jurídicas, sentencias o votos particulares hasta tres procesos manuscritos que se han conservado.

-Josep Capdeferro & Eva Serra, El Tribunal de Contrafaccions de Catalunya i la seva activitat (1702-1713), Barcelona, Departament de Justícia i Parlament de Catalunya, 2015.

Primer volumen del estudio en profundidad de la corte mixta y paritaria entre la monarquía y los estamentos catalanes erigida en las Cortes de 1701-1702 para enjuiciar las contrafacciones o ilegalidades que cometieren oficiales reales o señoriales en Cataluña. Trata sobre: antecedentes; reivindicación histórica; base legal en las Cortes de 1701-1702 y 1705-1706; protagonistas; lugar y condiciones de reunión; elementos simbólicos; prolegómenos y puesta en funcionamiento en otoño de 1702; análisis sincrónica hasta 1713. Incorpora abundante documentación impresa y manuscrita, por ejemplo las facturas pagadas por la Diputació del General que permitieron conocer aspectos concretísimos de la institución y sus juicios. 

-Josep Capdeferro & Eva SerraLa defensa de les Constitucions de Catalunya: el Tribunal de Contrafaccions (1702-1713), Barcelona, Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, 2014. 2a edició, revisada: Barcelona, Rafael Dalmau Ed., 2017.

Libro muy exitoso –lleva dos ediciones− de síntesis de una investigación científica de amplio alcance publicada in extenso en dos volúmenes en 2015 (vide infra) sobre una corte mixta y paritaria entre la monarquía y los estamentos catalanes para enjuiciar las contrafacciones –actos de gobierno contrarios a las constituciones de Cataluña– cometidas por oficiales reales o señoriales. A pesar de ser efímero, este tribunal supuso el zénit del constitucionalismo catalán preliberal –y europeo, dado que no hay casos similares en todo el continente–. Se había perdido cualquier rastro de él, por lo que me parece legítimo reivindicar el mérito del ejercicio de exhumación documental y reconstrucción institucional realizado

-Josep Capdeferro & Eva Serra, "La reactivació del Tribunal de Contrafaccions de Catalunya durant la guerra (1713)", dins Els tractats d'Utrecht: Clarors i foscors de la pau. La resistència dels catalans, Barcelona, Museu d'Història de Catalunya, 2015, p. 437-443.

Durante la elaboración de la investigación sobre el Tribunal de Contrafaccions, fue una muy agradable “sorpresa” hallar un proceso manuscrito de 1713 que demostró que esa singular corte de justicia no había funcionado solo entre 1702 y 1705 sino también en 1713, en el tramo final de la Guerra de Sucesión, contra un juez militar que había juzgado de forma ilegítima a dos civiles

-"Promoció, edició i difusió d'obres jurídiques a Catalunya a cavall dels segles XVI i XVII", en Ivs Fvgit, n. 15-16, Zaragoza, 2009, p. 537-559.

La difusión del derecho ha sido y es una premisa inexcusable de su observancia. Análisis de tres episodios relacionados con impresiones de obras jurídicas en la Cataluña moderna: la impresión y distribución de la compilación de 1588-1589; la elaboración del Cerimonial de Cort de Miquel Sarrovira para un mejor funcionamiento de las Cortes de 1599; la publicación –muy gravosa para la Diputació del General− del primer volumen de las Decisiones aureae de Lluís de Peguera en 1605

 

Women

-"Humble, but courageous. Modest women defending their rights in Early Modern Catalonia", a Vicent J. Escartí (ed.) Biografies invisibles: Marginats i marginals (segles XV-XVIII). Amsterdam/Philadelphia: John Benjamins-IVITRA, 2021, 91-101.

Cuatro escenarios complementarios, que ya he estudiado o empiezo a analizar (maltratos en el ámbito doméstico a partir de documentación del Arxiu Diocesà de Barcelona del siglo XVII), evidencian que muchas mujeres humildes de la Cataluña moderna, a pesar de vivir en un mundo heteropatriarcal, tenían consciencia de sus derechos y los ejercían ante distintas jurisdicciones en la medida que podían. Algunos hombres bien situados socialmente (doctores en derecho o miembros de la baja nobleza) no vacilaban en prestarles apoyo como abogados o testigos, demostrando una conciencia de juridicidad y equidad. #biografiasmarginales #luchadoras #humildesperoreivindicativas  

-"Mujeres y trabajo en Barcelona a través de procesos judiciales inéditos (1560-1710)", a Àngels Solà (ed.), Artesanos, gremios y género en el sur de Europa (siglos XVI-XIX), Barcelona, Edicions Icària, 2019.

A partir de 25 procesos inéditos instruidos delante del tribunal de los 'Consellers' de Barcelona entre las décadas de 1560 y 1710, he detectado una realidad de trabajo femenino mucho más amplia y variada de lo que preveía el derecho de la época, singularmente las ordenaciones gremiales. He identificado mujeres que ejercían diversas funciones (incluso directivas) en diferentes oficios, y no eran necesariamente viudas que esperaban que uno de sus hijos tuviera edad suficiente para examinarse y ocupar la plaza de maestro agremiado del difunto marido/padre.

-Josep Capdeferro & Jaume Ribalta, "La Casa de les Egipcíaques: presó o custòdia per a dones adúlteres?", a DD. AA., Dret, conflictes i justícia. Barcelona 1700, Barcelona, Ajuntament de Barcelona, 2016, p. 179-225. 

Versión abreviada y adaptada de la investigación del libro Banyuts catalans (vide infra).

-Josep Capdeferro & Jaume Ribalta, Banyuts catalans: l'adulteri i la Casa de les Egipcíaques a la Barcelona moderna, Barcelona, Universitat Pompeu Fabra, 2014.

El derecho medieval catalán, como otros derechos de su tiempo y de la Antigüedad, daba al marido burlado un poder desmedido sobre la mujer adúltera (¡podía incluso disponer de su vida!). Así, la fundación desde el siglo XV por parte del Consell de Cent (gobierno municipal) de Barcelona de una casa donde recluir durante un tiempo a las mujeres adúlteras se puede considerar una política pública de progreso en su momento (si se permite el anacronismo). A través de una treintena de procesos inéditos, Jaume Ribalta de la Universitat de Lleida y yo conseguimos explicar cómo los maridos supuestamente cornudos de Barcelona percibían el adulterio de sus esposas en los siglos XVI, XVII y XVIII y qué esperaban (represión, rehabilitación oprotección) de su internamiento temporal en la Casa de les Egipcíaques. Comprobamos que a menudo el adulterio había sido provocado por el marido para que la mujer trajera dinero al domicilio conyugal.