Atrás Baena Ricardo y otros vs. Panamá. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 2 de febrero de 2001

Baena Ricardo y otros vs. Panamá. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 2 de febrero de 2001

02.08.2021

 

Caso: Baena Ricardo y otros vs. Panamá. Fondo, Reparaciones y Costas

Descriptores: Debido Proceso / Garantías judiciales / Recurso efectivo

 

En diciembre 1990, mediante Ley numero 25, se aprobó el despido de 270 empleados del sector público, así como dirigentes sindicales, por haber reivindicado sus derechos laborales en protestas y manifestaciones dirigidas contra la política del Gobierno. Una decisión justificada por el Poder Ejecutivo en la presunta complicidad de los manifestantes con un golpe militar.

Primeramente, el Tribunal estima la vulneración del artículo 9 de la Convención, relativo al principio de legalidad e irretroactividad, pues la Ley 25 únicamente contenía un concepto amplio e impreciso sobre las conductas ilícitas motivadoras del despido, refiriéndose a las mismas como actos contrarios a la democracia y el orden constitucional. Además, la referida Ley se aplicó retroactivamente a situaciones acontecidas con anterioridad a su entrada en vigor.

A los efectos de la independencia judicial y el proceso debido, la Corte IDH establece que las garantías del debido proceso no se aplican únicamente en el ámbito judicial, sino también en el ámbito de la administración pública, especialmente en los procesos administrativos no penales. El hecho de que los funcionarios no gozaren de un procedimiento disciplinario previo a su sanción, es decir, a su despido, es, por tanto, considerado por el Tribunal como una contravención del artículo 8.1 de la Convención. Un artículo que igualmente estima vulnerado, junto al 8.2 y 25 de la Convención en el ámbito del proceso judicial que conoció de la litis, por cuanto no se otorgaron las garantías judiciales pertinentes a los recurrentes, entre las cuales se halla el derecho a un recurso efectivo.

 

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