Back Macarena Montes, en uno de los 'amicus' clave en Ecuador

Macarena Montes, en uno de los 'amicus' clave en Ecuador

La investigadora del UPF-CAE ha contribuido al esfuerzo legal que ha conducido a la Corte Constitucional de Ecuador a reconocer a los animales no humanos silvestres como sujetos de derechos amparados por la protección constitucional de los derechos de la naturaleza

11.02.2022

 

El pasado 4 de febrero de 2022, la Corte Constitucional del Ecuador comunicó su decisión sobre el caso de Estrellita, una mona chorongo (Lagothrix lagothricha), que vivió con una familia humana desde que tenía un mes de vida hasta los 18 años, cuando fue decomisada por la autoridad ambiental en virtud del artículo 147.5 del Código Orgánico del Ambiente, que prohíbe la crianza, tenencia o comercialización de animales no humanos silvestres. 

Las autoridades pusieron a Estrellita en cuarentena en el Ecozoológico San Martín de Baños, donde murió el 9 de octubre de 2019. Antes de conocer su deceso, la familia humana de Estrellita interpuso un habeas corpus en su representación, requiriendo su devolución y la expedición de la licencia de tenencia de vida silvestre para poder tenerla legalmente en casa. 

Los tribunales de primera y segunda instancia denegaron el habeas corpus, pero la Corte Constitucional del Ecuador seleccionó el caso, a pesar de la muerte de Estrellita, para desarrollar jurisprudencia sobre el alcance del habeas corpus en la protección de los animales no humanos y determinar si son sujetos de derechos protegidos por los derechos de la naturaleza en la Constitución ecuatoriana.  

Numerosos particulares y fundaciones presentaron amici curiae para apoyar el caso de Estrellita, entre los cuales destaca el amicus presentado por el Brooks McCormick Jr. Animal Law & Policy Program at Harvard Law School y el Nonhuman Rights Project, preparado por la profesora Kristen Stilt, los abogados Steven Wise y Keven Schneider y la investigadora Macarena Montes, miembro del consejo científico del Centre for Animal Ethics-UPF. En este amicus se argumentó que los derechos de la naturaleza deben proteger a los animales no humanos considerados como individuos porque las especies están conformadas por individuos y lo que ocurre con un animal no humano en particular, tiene importantes efectos para la especie, argumento que fue incorporado por la Corte Constitucional del Ecuador en su sentencia.  

Siete de los nueve magistrados de la Corte Constitucional del Ecuador decidieron reconocer a Estrellita como un sujeto de derechos protegido por los derechos de la naturaleza, rompiendo con la tendencia dominante, que afirmaba que este tipo de derechos solo protegen ecosistemas y especies, no individuos animales. Asimismo, la Corte Constitucional consideró que, si bien el habeas corpus es improcedente en el caso de Estrellita porque falleció, puede ser una acción apropiada para solicitar la liberación de un animal no humano silvestre dependiendo de las circunstancias particulares del caso. 

Adicionalmente, la Corte Constitucional del Ecuador ordenó al Ministerio de Ambiente desarrollar un protocolo que considere y evalúe las situaciones particulares de los animales no humanos silvestres retenidos, para garantizar su protección y ordenó a la Defensoría del Pueblo y a la Asamblea Nacional elaborar y aprobar un proyecto de ley sobre los derechos de los animales, donde se recojan los derechos y principios desarrollados en la sentencia. 

La sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador constituye uno de los avances jurídicos más importantes en materia de derechos de los animales no humanos en los últimos años porque abre el camino a la protección constitucional de los derechos de los animales no humanos silvestres considerados con individuos sintientes con intereses propios. 

 

Multimedia

Categories:

SDG - Sustainable Development Goals:

Els ODS a la UPF

Contact