Atrás Las virtudes y las carencias de la "Ley Rider", tema central de la nueva edición de la revista "IUSLabor"

Las virtudes y las carencias de la "Ley Rider", tema central de la nueva edición de la revista "IUSLabor"

Una editorial y un artículo de la publicación digital están centrados en esta nueva normativa, pionera en Europa a la hora de regular específicamente el trabajo en el sector de las plataformas digitales. Otros contenidos de la revista, que recientemente ha obtenido el sello de calidad de la FECYT, giran en torno a la obligatoriedad de la vacuna contra la covid-19 en el ámbito laboral, el derecho a la desconexión digital o el trabajo a distancia y la conciliación familiar y laboral.

28.07.2021

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El Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el pasado mes de mayo la conocida como "Ley Rider", una legislación pionera en Europa a la hora de regular específicamente el trabajo en el sector de las plataformas digitales de reparto y distribución, que entrará en vigor el próximo 12 de agosto.

La nueva ley, que refuerza los derechos de las personas trabajadoras del sector, llega después de ser pactada con la patronal y los sindicatos. ¿Pero esta regulación es suficiente? ¿Resuelve la precariedad laboral inherente en este ámbito? ¿Qué tipo de derechos reconoce a las personas que trabajan en plataformas y qué alcance tienen? Estas son algunas de las cuestiones que analiza a fondo el número 2 (2021) de IUSLabor, la revista del área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Departamento de Derecho de la UPF.

Anna Ginès afirma que la nueva ley se refiere solo a las plataformas de trabajo o distribución y deja de lado gente que trabaja en otras plataformas, como aquellas de sectores más feminizados

Anna Ginès i Fabrellas, profesora titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Ramon Llull-ESADE y coeditora de la revista, firma la editorial, titulada "El derecho a conocer el algoritmo: una oportunidad perdida de la 'Ley Rider'". Pese a afirmar que la nueva ley es un paso adelante, ya que aborda la consideración jurídica de esta nueva forma laboral como trabajo por cuenta ajena, introduce la presunción de laboralidad en las plataformas de reparto y distribución y considera las fórmulas de dirección algorítmica utilizadas por las plataformas como propias de la relación laboral, cree que se trata de una regulación parcial y que no cierra el conflicto jurídico existente. Anna Ginès afirma que la nueva ley se refiere solo a las plataformas de trabajo o distribución y deja de lado gente que trabaja en otras plataformas, como aquellas de sectores más feminizados (por ejemplo, plataformas de limpieza o cuidados), evidenciando una falta de perspectiva de género de la nueva regulación. Además, "el trabajo en plataformas genera una precariedad laboral que va más allá de la naturaleza jurídica de la relación".

A pesar de estas limitaciones, la profesora de la URL-ESADE piensa que la ley es positiva ya que introduce un nuevo aspecto, no solo en el ámbito de las plataformas digitales: "Reconoce el derecho de la representación legal de la plantilla a obtener información por parte de la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de laborales, el acceso y el mantenimiento del trabajo, incluidas la elaboración de perfiles". Sin embargo, crítica que la ley no aborda un aspecto esencial como es el derecho de las personas trabajadoras (y no solo a la representación legal) sometidas a decisiones automatizadas, incluyendo la elaboración de perfiles, de obtener información de la lógica utilizada para el algoritmo, especialmente porque se trata de un derecho ya reconocido en el Reglamento General de Protección de Datos. "Una oportunidad perdida para dotar de contenido un derecho esencial en el nuevo contexto digital".

Adrián Todolí: "No existe nada inherente a las nuevas tecnologías que las haga incompatibles con la regulación laboral"

Otra pieza centrada en el mismo tema es el artículo a cargo de Adrián Todolí Signes, profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia, titulado "Cambios normativos en la Digitalización del Trabajo: Comentario a la ‘Ley Rider’ y los Derechos de información sobre los algoritmos". El autor destaca los aspectos positivos de la nueva ley, y la considera un primer paso hacia la regulación a nivel normativo de la digitalización del trabajo, a pesar de su alcance limitado (solo se centra en el ámbito de reparto en plataformas digitales y deja fuera el resto de sectores y no entra en temas como la regulación de horarios y jornada de trabajo o la concurrencia desleal, entre otras carencias).

Adrián Todolí cree que la ley es fruto del diálogo social entre patronal y trabajadores, un hecho que refuerza España como referente mundial en la materia, y sirve para regular, concertar y aclarar la aplicabilidad de los derechos en el ámbito digital. Según el autor, "no existe nada inherente a las nuevas tecnologías que las haga incompatibles con la regulación laboral" y añade: "Las nuevas tecnologías (algoritmos, plataformas digitales) no son más que los medios de producción por los que se ejerce una actividad económica, y por lo tanto, los que prestan servicios dentro de su ámbito deberían considerarse trabajadores laborales ".

Otros contenidos de plena actualidad

El nuevo número de IUSLabor se completa con otros contenidos relacionados con diversas problemáticas actuales, entre los que encontramos, en la sección de Derecho del Trabajo y Covid-19, el artículo "¿Es posible establecer la obligatoriedad de la vacunación contra el SARS- COV-2 en el ámbito laboral?", de Raquel Poquet Catalá (Universidad de Valencia); y en la sección Derecho y Tecnología, "Un estudio Acerca de la eventual Directiva comunitaria sobre el derecho a la Desconexión digital en el Trabajo", de Francisco Trujillo Pons (Universidad Camilo José Cela); "Trabajo a distancia y conciliación familiar y laboral", de Vanessa Cordero Gordillo (Universidad de Valencia); y "Mujer discapacitada, empleo y progreso tecnológico. Polimorfología de un conflicto sistémico", de Marina Fernández Ramírez (Universidad de Málaga).

El sumario se completa con tres estudios doctrinales, que analizan diversos temas relacionados con la prevención del riesgo de pobreza y exclusión social a través de la Seguridad Social; la responsabilidad empresarial en las cadenas empresariales de valor y la paralización de la actividad empresarial por riesgo laboral grave o inminente; y tres comentarios de sentencia, además de la sección habitual de "Trabajo en la historia".

Nueva acreditación de la calidad de IUSLabor

IUSLabor, la revista de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UPF, está coeditada por Manel Luque Parra (UPF), Anna Ginès i Fabrellas (URL-ESADE) y Josep Moreno Gené (Universidad de Lleida). Como muestra del rigor de sus contenidos, recientemente ha obtenido el sello de calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), una fundación pública dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, tras superar el proceso de evaluación de la calidad editorial y científica, en el marco de la VII convocatoria de Evaluación de Revistas FECYT.

El año 2019, la revista digital había sido indexada en Carhus Plus + C (desarrollado por la AGAUR) y en ERIH Plus (creado por investigadores europeos coordinados por el Comité Permanente para las Humanidades de la Fundación Europea de la Ciencia), dos sistemas de evaluación de revistas científicas de los ámbitos de las ciencias sociales y las humanidades publicadas a escala internacional.

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