Atrás LA CONSOLIDACION DE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA EN SU APLICACION EN LOS ESTADOS MIEMBROS

LA CONSOLIDACION DE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA EN SU APLICACION EN LOS ESTADOS MIEMBROS

LA CONSOLIDACION DE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA EN SU APLICACION EN LOS ESTADOS MIEMBROS
DER2017-89753-P

Con la entrada en vigor del tratado de Lisboa (12/2009), la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (CDFUE) ha pasado de ser un instrumento político a tener un carácter vinculante. Como ha reconocido expresamente el Tribunal de Justicia de la UE (TJ), tras este cambio en su naturaleza jurídica se ha iniciado una fase de consolidación de la Carta; es decir, un proceso de definición por parte del TJ de la doctrina o parametros de legalidad que regiran en materia de derechos humanos en la UE. Este proceso tendrá profundas repercuesiones legales. La CDFUE está redefiniendo: a) La función del TJ, que se está comportando como un Tribunal Constitucional; b) los parámetros de legalidad de los actos comunitarios; c) la relación entre el sistema de protección de derechos de la UE con los sistemas de los Estados miembros.
La formulación de esta doctrina por parte del TJ tendrá lugar a dos niveles distintos. Por un lado, en las decisiones del TJ resultantes de los recursos directos (a través de las cuales el TJ controlará la legalidad de los actos de las instituciones y de los Estados miembros cuando apliquen derecho comunitario a la Carta). Por otro lado, a través de cuestiones prejudiciales que le sean planteadas por los Tribunales internos. En ese sentido, una fuente de controversias son los casos en los que los Tribunales internos deban decidir entre aplicar los derechos fundamentales consagrados en la Constitución o, bien, los derechos derivados de la Carta. El TJ en cuatro sentencias aprobadas entre los años 2013 y 2014 ha respondido superficialmente a esta cuestión diciendo que cuando el Juez nacional actúe como Juez comunitario (esto es dentro del ámbito competencial de la UE) sólo deberá atender el sistema comunitario de derechos fundamentales. Sin embargo, esta jurisprudencia es demasiado general y resulta insuficiente para dar respuesta a interrogantes que actualmente afectan a la aplicación del derecho comunitario por parte de los tribunales internos. Basta decir que no está claro que el sistema de la UE deba siempre prevalecer, en particular si los estándares de protección son menores que los de los sistemas internos.
Más aún, los problemas de la aplicación de derechos comunitario previsiblemente se incrementarán, por ejemplo, con la incorporación al ámbito competencial de la UE del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, ya que tiene una gran repercusión en los derechos fundamentales de los ciudadanos. Por lo tanto, el TJ debe identificar con claridad los supuestos en que se debe aplicar el sistema comunitario de protección o el nacional. No solo eso, el TJ también debe homogenizar los estándares de protección.
La consolidación de una doctrina clara y motivada que dé respuesta a estas situaciones es importante para dotar a la decisiones del TJ de legitimidad suficiente y evitar que, en un contexto de creciente euroescepticismo, pueda ser contestada por los tribunales internos.
El objetivo de proyecto es contribuir a la consolidación de la doctrina del TJ sobre la Carta, a través del debate académico y del analisis jurídico de los problemas que su aplicación está generando en los diferentes Estados miembros, con especial atención a la práctica de los tribunales españoles. De esta forma, se busca facilitar el llamado diálogo judicial entre los tribunales nacionales y el TJ y la armonización e integración jurídica de los diferentes ordenamientos europeos implicados.

Investigadores principales

Miguel Ángel Elizalde Carranza
Santiago Ripol Carulla

Investigadores

Manuel Cienfuegos Mateo, Eva María Nieto Carrillo, Juan Ignacio Ugartemendía Eceizabarrena. Equipo de trabajo: Mariona Cardona Vallés
Total Concedido: 13.310 €