Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2008
(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)
1. Requisitos de admisión:
Podrán acceder a este Máster aquellos estudiantes que cumplan los requisitos de acceso generales establecidos en la normativa vigente.
2. Número de plazas del Máster
El acceso al Máster está condicionado por el número de plazas que se determinen por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
3. Procedimiento de admisión
La Universidad efectuará dos convocatorias de admisión, por cada curso académico, en las que podrán participar los candidatos que cumplan los requisitos generales y los específicos de acceso, así como aquellos candidatos que, no cumpliéndolos, prevean cumplirlos en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
Los candidatos, en el momento de formalizar la solicitud de admisión, deberán presentar la documentación acreditativa de aquellos extremos que tengan que ser objeto de valoración.
La admisión definitiva estará condicionada a la acreditación del cumplimiento de los requisitos generales de acceso y de los específicos del Máster en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
4. Procedimiento de valoración de las solicitudes de acceso
Si la demanda supera la oferta de plazas del Máster se ordenarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa.
El procedimiento de selección será efectuado por una comisión de selección nombrada por el órgano responsable y formada por cuatro profesores del ámbito científico del Máster, de entre los que, designará uno como Presidente y uno como secretario.
Corresponderá a esta comisión efectuar la selección de los candidatos, así como resolver todas aquellas cuestiones que se deriven y no estén asignadas a otro órgano.
La comisión hará público el calendario del procedimiento de selección a través de la web institucional de la Universidad, indicando la fecha de publicación de los resultados, y asegurando la finalización del proceso antes del inicio del período de matrícula.
La comisión hará pública la lista definitiva a través de la web institucional de la UPF. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el rector.
5. Criterios de valoración
En el procedimiento de selección se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
Criterios de admisión
Ser médico residente en medicina del trabajo o enfermero interno residente de enfermería del trabajo será un criterio preferente de admisión al Máster en Salud Laboral.
Valoración de méritos
1. Valoración de la formación académica: 30%
Expediente académico de la formación oficial acreditada de acuerdo con la normativa de valoración de expedientes académicos de la UPF.
2. Conocimientos de lengua: 20%
Tener un nivel de lengua inglesa equivalente o superior al First Certificate in English
3. Valoración de competencias: 50%
-Dos cartas de recomendación (40%)
-Motivación del interés por parte del candidato (60%): los solicitantes aportarán un escrito de una hoja (500-600 palabras máximo) explicando su motivación de interés por cursar el Máster
Además, podrá tener lugar una entrevista para efectuar la valoración de cualquiera de los apartados anteriores (1,2 y 3)
La entrevista la harán por lo menos dos miembros de la comisión de selección y tendrá una duración máxima de dos horas.
La fecha, horario y orden del día de la entrevista se comunicará, a los candidatos correspondientes con una semana de antelación.
En esta entrevista la comisión puede solicitar información más amplía y específica sobre los aspectos del expediente y formación académica, nivel de lengua inglesa, formación complementaria, aptitudes, interés y motivación, que la comisión considere relevante para la admisión al Máster.
4. Se priorizarán los estudiantes que cumplan los requisitos de acceso el mes de junio anterior al inicio del curso académico para el cual soliciten el acceso.