Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2006
(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)
1. Requisitos específicos de acceso
1.1 Además de cumplir los requisitos de acceso generales establecidos en la normativa vigente, para acceder a este título oficial de Máster deberán cumplirse los requisitos específicos de acceso que se indican a continuación:
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes: Biología, Medicina, Bioquímica, Biotecnología, Farmacia, Veterinaria, Ingeniería, Química, Física, Matemáticas. En el caso de otras titulaciones de ámbitos relacionados, no incluídas en esta lista, el director del Departamento responsable del Máster podrá admitir otras clases de estudios en conformidad con el coordinador del Máster.
1.2 Los estudiantes que estén en posesión de un título de grado en los estudios de ciencias naturales y de la salud equivalente a 240 créditos, deberán cursar 80 créditos (el equivalente a cuatro trimestres, correspondientes a 20 créditos de cursos teórico-prácticos y un año académico completo para la realización del protocolo y proyecto de investigación). El resto de los estudiantes deberán cursar 120 créditos (dos años académicos), no incluyendo estas cantidades la posibilidad de cursar en módulo de nivelación de 5 créditos previo al inicio del primer curso académico.
2. Número de plazas del Máster
El acceso al Máster está condicionado por el número de plazas que se determinen por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
3. Procedimiento de admisión
La Universidad hará una única convocatoria de admisión en la cual podrán participar los candidatos que cumplan los requisitos generales y los específicos de acceso y aquellos que, no cumpliéndolos, prevean cumplirlos en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
Los candidatos, en el momento de formalizar la solicitud de admisión, tendrán que presentar la documentación acreditativa de aquellos extremos que tengan que ser objeto de valoración.
La admisión definitiva estará condicionada a la acreditación del cumplimiento de los requisitos generales de acceso y de los específicos del Máster en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
4. Procedimiento de valoración de las solicitudes de acceso
Si la demanda supera la oferta de plazas del Máster se ordenarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa.
El procedimiento de selección será efectuado por una comisión de selección designada por acuerdo de la Comisión responsable del Programa Oficial de Postgrado del Máster, y nombrada por el rector, o vicerrector en quien delegue, y formada por tres profesores del ámbito científico del Máster, de entre los cuales se designará a uno como Presidente y a uno como Secretario.
Le corresponderá a esta comisión efectuar la selección de los candidatos, así como resolver todas aquellas cuestiones que se deriven de esta actividad y no estén asignadas a otro órgano.
La comisión hará público el calendario del procedimiento de selección a través de la web institucional de la Universidad, indicando la fecha de publicación de los resultados, y asegurando la finalización del mismo antes del inicio del periodo de matrícula.
La comisión hará pública la lista definitiva de admitidos a través de la web institucional de la UPF. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el rector.
5. Criterios de valoración
En el procedimiento de selección se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
50% de puntuación:
a) Expediente académico de la formación oficial acreditada con arreglo a la normativa de valoración de expedientes académicos de la UPF.
10% de puntuación:
b) Formación académica o profesional complementaria en áreas de interés en biomedicina.
40% de puntuación:
c) Evaluación específica de competencias y/o aptitudes personales. Los solicitantes aportarán una carta de recomendación y un escrito de una hoja (500-600 palabras, en inglés) explicando la motivación de interés por parte del candidato.
Además, se podrá celebrar una entrevista para efectuar la valoración de cualquiera de los apartados anteriores. En el caso de que se decida que esta entrevista es necesaria, se llevará a cabo por parte de tres miembros de la comisión, con una duración máxima de una hora. La fecha, horario y orden del día de la entrevista se comunicará a los candidatos con una semana de antelación. En esta entrevista la comisión podrá solicitar información más amplia y específica sobre aspectos del expediente y la formación académica, la formación complementaria, aptitudes, intereses y motivación, que se consideren relevantes para el Máster.