Programa de becas para estudiantes extranjeros no residentes y no nacionales de estados miembros de la unión europea de programas oficiales de postgrado

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2007, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de marzo de 2008


(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)


De conformidad con la normativa vigente sobre precios de los servicios académicos de las universidades públicas de Cataluña, la Comisión Económica y de Promoción del Consejo Social de la UPF, por acuerdo de 22 de noviembre de 2006, estableció que la Universidad aplicará el precio diferencial máximo que permita la normativa para los estudiantes extranjeros no residentes, que no sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea, en relación con los programas oficiales de postgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero.

Con la voluntad de que este precio diferencial no represente un impedimento, para el seguimiento de las enseñanzas oficiales de postgrado, para aquellos estudiantes que tengan un extraordinario rendimiento académico, se establece un programa de becas para estudiantes extranjeros no residentes y no nacionales de estados miembros de la Unión Europea de programas oficiales de postgrado:

Primero.- Se concederán 40 becas, cada curso académico, para estudiantes extranjeros no residentes, que no sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea a los que sea de aplicación el precio diferencial y que sigan estudios de oficiales de postgrado en la UPF.

Segundo.- De estas 40 becas, 15 darán derecho a un 75% de descuento sobre el precio diferencial y 25 tendrán un descuento del 50%.

Tercero.- Las becas se concederán para un curso académico y se podrán renovar para un curso más cuando el master oficial que curse el becario consté de dos cursos.

Cuarto.- Los requisitos para poder disfrutar de estas becas serán:

- Ser sujeto obligado del pago del precio diferencial.
- Ser admitido a un master oficial impartido por la UPF.
- Para disfrutar del 75% de descuento en la tasa diferencial habrá que tener un expediente académico con un excelente rendimiento que lo sitúe entre el 50% de los mejores expedientes valorados en el master en aquel curso académico.
- Matricularse durante el curso de concesión de la beca de todos los créditos que establezca el plan de estudios, en la modalidad de tiempo completo.

Quinto.- La solicitud de beca se deberá presentar, a través de los medios y el formulario que determine la universidad, en el mismo periodo que se establezca para la solicitud de admisión al máster.

Sexto.- El servicio administrativo competente en la gestión de las becas distribuirá las becas entre los programas oficiales de postgrado en función del número de solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado cuarto.

Séptimo.- Cada departamento elevará una propuesta de otorgamiento de las becas a la vicerrectora competente en materia de postgrado teniendo en cuenta la baremación del expediente académico. La resolución se hará pública en los medios electrónicos de que dispone la universidad.

Octavo.- Una vez resuelta la convocatoria, la universidad abonará los importes correspondientes a los estudiantes becados.

Noveno.- Estas becas serán incompatibles con el disfrute de cualquier otra ayuda o beca, ya sea de una entidad u organismo público como privado, cuyos beneficios incluyan el importe de la matrícula.

Last updated 22-05-2012
© Universitat Pompeu Fabra, Barcelona