Normas de funcionamiento del programa ERASMUS en la Universidad Pompeu Fabra
Acuerdo de la Comisión Gestora de 13 de julio de 1993, modificado
por acuerdo de 12 de mayo de 1994
(Esta traducción
al español tiene carácter informativo. La versión oficial
es su original en catalán.)
Primera.- Podrán optar a las becas ERASMUS los estudiantes de segundo y tercer ciclo. También podrán optar a estas becas los estudiantes del tercer curso de la licenciatura de Traducción e Interpretación y los del último curso de una diplomatura.
Los estudiantes que opten a una beca ERASMUS tendrán que acreditar un conocimiento suficiente de la lengua del país de destino.
Segunda.- Los estudiantes de primer ciclo podrán optar a una beca ERASMUS siempre y cuando realicen estudios en el extranjero correspondientes a los cursos de verano organizados por las universidades colaboradoras.
Tercera.- En el extranjero, los becarios ERASMUS tendrán derecho a cursos gratuitos del idioma correspondiente y alojamiento, que asegurará la Universidad de destino en buenas condiciones económicas.
Cuarta.- Los estudios en el extranjero contemplarán cursos especializados. La UPF tendrá a su alcance los programas correspondientes a partir del mes de mayo de cada año.
Quinta.- Los estudiantes de segundo ciclo, y aquellos que a los efectos de la presente norma están equiparados a los mismos, podrán convalidar los estudios realizados en el extranjero.
Cuando se corresponda a créditos convalidables en el plan de estudios oficial, la resolución corresponderá a la Comisión de Convalidación que resolverá con arreglo a los criterios establecidos en las normas de convalidación vigentes.
Cuando se trate de materias del programa de créditos de libre elección, corresponderá al vicerrector de Ordenación Académica aceptarlas, teniendo en cuenta el número de créditos cursados.
Sexta.- Los estudiantes de tercer ciclo podrán ampliar estudios en el extranjero con arreglo a las directrices del director de tesis.
Séptima.- La convocatoria de becas se realizará cada año en el transcurso del mes de junio y podrá disfrutarse de la beca a partir del mes de octubre del mismo año.
Octava.- Anualmente, antes del 15 de octubre, los centros o estudios determinarán el número de becas ERASMUS que ofertan.
Novena.- Los estudiantes procedentes del extranjero tendrán la opción a cursos gratuitos de lengua catalana de los financiados por la Comunidad Europea.
Décima.- La incorporación de estudiantes procedentes del extranjero a asignaturas impartidas en la UPF se realizará según los criterios establecidos por un tutor.