Acuerdo de la Comisión Gestora de 22 de agosto de 1990, modificado
por acuerdo del Consejo Económico de 19 de julio de 1993 y por acuerdo
del Consejo Social de 18 de septiembre de 1995
(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)
1. MATRICULACIÓN DE ESTUDIOS OFICIALES
Conceptos.
El importe que deben pagar los estudiantes de primer y segundo ciclo será el que resulte de sumar los siguientes conceptos:
1. Precio curso completo (en primera y sucesivas matrículas)
2. Precio créditos (en primera y sucesivas matrículas)
3. Tasas administrativas, que engloban los siguientes conceptos:
- apertura de expediente
- expedición de tarjeta de identidad
4. Seguro Escolar
5. Precio impreso de matrícula
6. Precio de la guía
7. I.V.A.
Situaciones.
Las situaciones de gratuidad son las previstas por la legislación vigente (familia numerosa y matrícula de honor global del COU).
Documentación.
Los becarios tendrán que presentar la solicitud de beca en el momento de formalizar la matrícula o bien la credencial, en caso de que la solicitud de beca sea posterior a la fecha de matriculación.
Los estudiantes que gocen del beneficio por familia numerosa, tendrán que presentar el original del carné de familia numerosa vigente en la fecha del inicio del curso, acompañado, en su caso, de una fotocopia o justificante expedido por los Servicios Territoriales conforme está en trámite de renovación y con el compromiso de presentar el carné renovado antes del 31 de diciembre, tal como establece la normativa vigente.
Finalmente, los estudiantes que hayan obtenido matrícula de honor global del COU tendrán que presentar el libro de escolaridad, acompañado de una fotocopia de las páginas donde conste la mención de la matrícula de honor global del COU.
Alcance.
La gratuidad de la matrícula tendrá una repercusión distinta según los apartados mencionados en el epígrafe anterior y abarcará a todos los créditos de los que se matricule el estudiante y siempre que no se supere el total de la carga lectiva de la licenciatura o diplomatura que curse el estudiante, con arreglo a la normativa académica que apruebe la Universidad.
a) La situación de familia numerosa de segunda categoría y de honor dará derecho a gratuidad en todos los cursos y créditos, independientemente del número de veces que el estudiante haya sido matriculado, y en las tasas administrativas.
b) La situación de familia numerosa de primera categoría dará derecho a semigratuidad en todos los créditos, independientemente del número de veces que el estudiante haya estado matriculado, y en las tasas administrativas.
c) Los estudiantes becarios del Régimen General tendrán gratuidad en los cursos y créditos en los cuales el estudiante se haya matriculado, con arreglo a las normas de la convocatoria de becas del curso académico correspondiente, y abonarán íntegramente las tasas administrativas.
d) Los estudiantes becarios de otros organismos tendrán derecho a gratuidad en los cursos y créditos de los que se matriculen por primera vez, y abonarán íntegramente las tasas administrativas.
e) Los estudiantes con matrícula de honor global del COU tendrán derecho a gratuidad en el primer curso y cuando se matriculen por primera vez, y abonarán íntegramente las tasas administrativas.
2. SEGURO ESCOLAR
Todos los estudiantes pagarán la tasa correspondiente al seguro escolar, siempre que tengan menos de 28 años de edad, el día en el que formalicen la matrícula, y sean españoles o extranjeros de países con convenio.
Los países con convenio son: Alemania, Andorra, Bélgica, Brasil, Estados Unidos, Filipinas, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Guinea, Haití, Holanda, Irak, Jordania, Marruecos, Portugal, Siria y todos los países de América Latina.
3. MATRÍCULAS DE HONOR
Las matrículas de honor obtenidas en primera convocatoria en un curso académico se aplicarán al curso académico siguiente y sobre cursos o créditos en los que el estudiante se matricule por primera vez.
No se aplicarán aquellas matrículas obtenidas en otras universidades o en estudios distintos a los que imparte la Universidad Pompeu Fabra.
4. CONVALIDACIONES
Los estudiantes que a la hora de matricularse tengan créditos convalidados abonarán un 25% del precio de los cursos o créditos convalidados.
Si en un mismo curso hay créditos convalidados y no convalidados, el cálculo de la liquidación económica se hará del siguiente modo: una vez calculado el importe del 25% de los créditos convalidados se añadirá el importe de los créditos no convalidados.
Si el estudiante se matricula sin la resolución de la solicitud de convalidación no podrá beneficiarse, en ningún caso, de la tasa reducida del 25%.
5. DEVOLUCIONES
La anulación de la matrícula no comportará la devolución del importe abonado.
El último día para reclamar la devolución de los importes de matrícula, por beca concedida o liquidaciones a favor de los estudiantes, será el 31 de mayo.
6. OTRAS TASAS
Sólo podrán beneficiarse de la gratuidad o semigratuidad de estas tasas los estudiantes que tienen la condición de miembros de familia numerosa.
- Compulsa.
- Certificación.
- Tesis doctoral.
- Pruebas de acceso a la universidad.
- Expedición de títulos.
7. FRACCIONAMIENTO DEL PAGO
El pago de los precios públicos de matrícula podrá hacerse efectivo de una sola vez, al comienzo de curso, o bien de forma fraccionada, en dos plazos iguales, que serán ingresados uno al formalizar la matrícula y el otro durante la segunda quincena del mes de diciembre. El impago de alguno de estos plazos comportará automáticamente la anulación de la matrícula, sin derecho a reintegro alguno.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Corresponderá al vicerrector de Economía y Administración fijar los criterios de aplicación de los supuestos de gratuidad o reducción del pago de la matrícula establecidos por el decreto por el que se fijan los precios por la prestación de servicios académicos universitarios.