Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2006
(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)
1. Requisitos específicos de acceso
Además de
cumplir los requisitos de acceso generales establecidos en la normativa vigente,
para acceder a este título oficial de Máster deberán cumplirse
los requisitos específicos de acceso que se indican a continuación:
- Ser licenciado en Psicología, Filosofía, Lingüística,
Traducción e Interpretación o Filología Románica.
2. Número de plazas del Máster
El acceso al Máster está condicionado por el número de plazas que se determinen por el órgano competente.
3. Procedimiento de valoración de las solicitudes
Si la demanda supera la oferta de plazas del Máster las solicitudes se ordenarán de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa.
El procedimiento de selección será efectuado por comisión formada por representantes de las cinco universidades que seleccionará a los admitidos al Máster. En caso necesario, se llevará a cabo una entrevista personal.
4. Criterios de valoración
Los criterios de valoración serán establecidos por la Comisión formada por representantes de las cinco Universidades, que seleccionará a los admitidos al máster.