Normativa de acceso al Máster Oficial en Estudios Comparativos de Literatura, Arte y Pensamiento

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2007

(Esta traducción al español tiene carácter informativo. La versión oficial es su original en catalán.)

1. Requisitos específicos de acceso

Además de cumplir los requisitos generales de acceso establecidos en la normativa vigente, para acceder a este título oficial de Máster se deberán cumplir los requisitos específicos de acceso que se indican a continuación:

" Estar en posesión de un título universitario de grado o equivalente, en alguno de los siguientes campos: humanidades, historia, historia del arte, lenguas y literaturas, filosofía, teoría de la literatura y literatura comparada, periodismo, comunicación audiovisual, traducción e interpretación, ciencias políticas, psicología, sociología, antropología, educación y pedagogía, bellas artes, arquitectura y geografía.

2. Número de plazas del Máster

El acceso al Máster está condicionado por el número de plazas que se determinen por el Consejo de Gobierno de la Universidad.

3. Procedimiento de admisión

La Universidad hará una única convocatoria de admisión en la que podrán participar los candidatos que cumplan los requisitos generales y los específicos de acceso y aquellos que, no cumpliéndolos, prevean cumplirlos en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.

Los candidatos, en el momento de formalizar la solicitud de admisión, deberán presentar la documentación acreditativa de aquellos extremos que tengan que ser objeto de valoración.

La admisión definitiva estará condicionada a la acreditación del cumplimiento de los requisitos generales de acceso y de los específicos del Máster en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.

4. Procedimiento de valoración de las solicitudes de acceso

Si la demanda supera la oferta de plazas del Máster se ordenarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa.

El procedimiento de selección será efectuado por una comisión de selección nombrada por acuerdo de la Comisión responsable del Programa Oficial de Postgrado del Máster, y nombrada por el rector, o vicerrector en quien delegue, y formada por cuatro profesores del ámbito científico del Máster, de entre los que designará uno como Presidente y uno como secretario.

Le corresponderá a esta comisión efectuar la selección de los candidatos, así como resolver todas aquellas cuestiones que se deriven y no estén asignadas a otro órgano.

La comisión hará público el calendario del procedimiento de selección a través de la web institucional de la Universidad, indicando la fecha de publicación de los resultados, y asegurando la finalización del proceso antes del inicio del período de matrícula.

La comisión hará pública la lista definitiva a través de la web institucional de la UPF. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el rector.

5. Criterios de valoración

En el procedimiento de selección se aplicarán los siguientes criterios de valoración:

a) Titulación asociada a los siguientes ámbitos: humanidades, artes, filosofía, lenguas y literaturas o historia (3 puntos).
b) Expediente académico de la formación oficial acreditada de acuerdo con la normativa de valoración de expedientes académicos de la UPF (4 puntos).
c) Curriculum vitae que incluya referencias a formación académica o profesional complementaria y experiencia profesional (2 puntos).
d) Conocimientos de alguna de las lenguas de uso habitual en la literatura científica (especialmente inglés, francés, alemán) (2 puntos).
e) Los estudiantes de la modalidad de iniciación en investigación aportarán una breve propuesta de trabajo de investigación (3 puntos).
Los estudiantes de la modalidad académica aportarán una carta de motivación de adecuación al perfil del máster (3 puntos).

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