Normativa de acceso al Máster Oficial de Investigación en Economía, Finanzas y Empresa
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2007
(Esta traducción
al español tiene carácter informativo. La versión oficial
es su original en catalán.)
1. Requisitos específicos de acceso
Además de cumplir los requisitos generales de acceso establecidos en la normativa vigente, para acceder a este título oficial de Máster se deberán cumplir los requisitos específicos de acceso que se indican a continuación:
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Especialidad Economía:
Licenciado en Economía, Matemáticas, Física o Ingeniería
Especialidad Finanzas: Licenciado en Economía o Ciencias Sociales
Especialidad Empresa: Licenciado en Economía, Derecho o Administración
y Dirección de Empresas
Acreditar un nivel de lengua inglesa equivalente al Cambridge Proficiency Certificate (C), Cambridge First Certificate (A), TOEFL (220 puntos en el Computer Based Test o el British Council IELTS (6)
2. Número de plazas del Máster
El acceso al Máster está condicionado por el número de plazas que se determinen por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
3. Procedimiento de admisión
La Universidad hará una única convocatoria de admisión en la que podrán participar los candidatos que cumplan los requisitos generales y los específicos de acceso y aquellos que, no cumpliéndolos, prevean cumplirlos en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
Los candidatos, en el momento de formalizar la solicitud de admisión, deberán presentar la documentación acreditativa de aquellos extremos que tengan que ser objeto de valoración.
La admisión definitiva estará condicionada a la acreditación del cumplimiento de los requisitos generales de acceso y de los específicos del Máster en el momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
4. Procedimiento de valoración de las solicitudes de acceso
Si la demanda supera la oferta de plazas del Máster se ordenarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa.
El procedimiento de selección será efectuado por una comisión de selección designada por acuerdo de la Comisión responsable del Programa Oficial de Postgrado del Máster, y nombrada por el rector, o vicerrector en quien delegué, y formada por un mínimo de tres profesores del ámbito científico del Máster, de entre los que designará uno como Presidente y uno como secretario.
Le corresponderá a esta comisión efectuar la selección de los candidatos, así como resolver todas aquellas cuestiones que se deriven y no estén asignadas a otro órgano.
La comisión hará público el calendario del procedimiento de selección a través de la web institucional de la Universidad, indicando la fecha de publicación de los resultados, y asegurando la finalización del proceso antes del inicio del período de matrícula.
La comisión hará pública la lista definitiva a través de la web institucional de la UPF. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el rector.
5. Criterios de valoración
En el procedimiento de selección se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
1) Expediente académico de la formación oficial acreditada de acuerdo con la normativa de valoración de expedientes académicos de la UPF: 50%
2) Carta/s de recomendación de personas vinculadas al entorno de investigación del Máster: 30%
3) Formación académica o profesional complementaria: 20%
6. Disposición derogatoria
Quedan derogadas las normativas de acceso al Máster Oficial de Investigación en Finanzas (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2006), Normativa de acceso al Máster Oficial de Investigación en Empresa (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2006) y Normativa de acceso al Máster Oficial de Investigación en Economía (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2006).
Se priorizarán los estudiantes que cumplan los requisitos de acceso el
mes de junio anterior al inicio del curso académico para el cual solicitan
el acceso.