Programa de Doctorado en Derecho
i) Procesos Administrativos
a) Requisitos específicos de acceso:
Además
de cumplir los requisitos de acceso generales establecidos en la normativa vigente,
para acceder a este Doctorado se deberán cumplir los requisitos específicos
de acceso que se indican a continuación:
1. Haber superado el master oficial de investigación en Derecho de la
Universidad Pompeu Fabra o bien haber cursado un master oficial de un ámbito
equivalente. Respecto de otros master, una comisión nombrada por el órgano responsable
decidirá el reconocimiento parcial de los créditos. En cualquier caso, el candidato
habrá de acreditar unos conocimientos previos suficientes en la línea de investigación
escogida del programa de doctorado, quedando en la comisión de posgrado la competencia
para determinar si el alumno tiene que cursar asignaturas de nivelación.
Deben aportar todos los documentos acreditativos. Además, podrán acceder los
que estén en posesión de título obtenido conforme a sistemas educativos ajenos
al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación,
pero previa comprobación que el título acredita un nivel de formación equivalente
a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitari o y que faculta
en el país expedidor del título para el acceso en estudios de Doctorado. Esta
admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo que
esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el
de cursar enseñanzas de Doctorado.
2. Presentar un proyecto de investigación en alguna de las dos
líneas de investigación del Departamento. Este proyecto será evaluado por
un investigador designado por la Comisión del Programa Oficial de Posgrado al
cual pertenece el Doctorado.
b) Numero de plazas del Programa:
El acceso al Doctorado está acondicionado por el número de plazas que se determinen
por el Consejo de Gobierno de la Universidad.
c) Procedimiento de admisión:
La Universidad hará una única convocatoria de admisión en la cual podrán participar
los candidatos que cumplan los requisitos generales y los específicos de acceso
y aquéllos que, no cumpliéndolos, prevean cumplirles en el momento de inicio
de la prestación de la actividad académica. Los candidatos, en el momento de
formalizar la solicitud de admisión, tendrán que presentar la documentación
acreditativa de aquellos extremos que tengan que ser objeto de valoración. La
admisión definitiva estará condicionada a la acreditación del cumplimiento de
los requisitos generales de acceso y de los específicos del Doctorado en el
momento de inicio de la prestación de la actividad académica.
d) Procedimiento de valoración de las solicitudes
de acceso
Si la demanda supera la oferta de plazas del Doctorado se ordenaran las solicitudes
de acuerdo con los criterios establecidos en la presente normativa. El procedimiento
de selección será efectuado por una comisión de selección nombrada por el órgano
responsable y formada por un órgano colegiado formado por un mínimo de tres
profesores doctores del ámbito científico del Doctorado, entre los cuales, se
designará a uno como Presidente y uno como secretario.
e) Criterios de valoración:
En el procedimiento de selección se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
1) Interés por la realización de la tesis en alguna de las dos líneas de investigación
del programa de doctorado mostrado en un escrito de motivación (40%)
2) Expediente académico de las titulaciones de grado y posgrado que le den acceso
al Doctorado, valorado según la Normativa de calificaciones y valoración de
los expedientes académicos de la Universidad Pompeu Fabra (40%)
3) Recomendaciones o avales académicos (dos cartas) (20%)